Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2022-4293)
BOP-2022-4293 Revocación de la concesión de titularidad de un nicho.
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anualidades, así como el artículo 7 de la Ordenanza Reguladora de la Tasa de Cementerio
Municipal que dispone lo siguiente:
“El impago de dos anualidades de dicho canon podrá suponer la revocación de la concesión
sobre el nicho”.
La Junta de Gobierno Local, a la vista de los informes recibidos, acuerda por unanimidad:
PRIMERO. Iniciar expediente para extinguir los derechos funerarios (revocación de la
concesión de Titularidad) que existe sobre el nicho señalado en el PATIO 8 - PANTEÓN 40 -
LETRA A, del Cementerio de La Vera Cruz (Trujillo).
SEGUNDO. Notificar a la interesada el inicio del expediente para que aleguen y presenten los
documentos y justificaciones que estimen pertinentes durante el plazo de quince días hábiles.
TERCERO. Someter la tramitación del expediente a información pública de conformidad con lo
establecido en la normativa vigente.
Visto que la Junta de Gobierno de fecha 31 de agosto de 2022, acuerda Incoar expediente para
la revocación de la concesión de Titularidad del nicho señalado en el PATIO 8 - PANTEÓN 40 -
LETRA A, del Cementerio de La Vera Cruz (Trujillo), y propiedad de DOÑA ROSA ALONSO
VILLAR.
Por medio del presente, este Excmo. Ayuntamiento, ofrece la posibilidad a los/as
interesados/as o familiares propietarios/as de dicho nicho, para que puedan formular por escrito
las alegaciones pertinentes en la Secretaría de este Excmo. Ayuntamiento, y se hace público el
presente anuncio para que en el plazo de 3 meses contados a partir del día siguiente de su
publicación en el Boletín Oficial del Estado, tal y como establece el artículo 59 del Decreto
2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria,
puedan adoptar las medidas que su derecho les permita.
Transcurrido dicho periodo, esta Alcaldía, visto el Decreto 161/2002, de 19 de noviembre, por
el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria de Extremadura, y en uso de
las atribuciones que me han sido conferidas, procederá al traslado al osario municipal de los
restos cadavéricos (que no sean reclamados por sus familiares) de; Doña Andrea Jiménez,
Doña Paula Ordoñez Esteban y Don Ricardo Colina Suares, inhumados con fecha 27 de Mayo
de 1909, 31 de Mayo de 1938 y 8 de Marzo de 1951, respectivamente, en el nicho señalado en
el PATIO 8 - PANTEÓN 40 - LETRA A, del Cementerio de La Vera Cruz (Trujillo), y a la
CVE:
BOP-2022-4293
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de septiembre de 2022
N.º 0176
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