Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Gata. (BOP-2022-4288)
BOP-2022-4288 EXTRACTO. Convocatoria para la concesión de subvenciones de materia de actividades culturales, deportivas y musicales realizadas por Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro.
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entidad o persona que tenga conferida la delegación, debidamente acreditada), en la
que se harán constar las iniciativas, actividades y/o programas para los que se solicita la
ayuda o subvención.
c) Memoria de las iniciativas, actividades y/o programas realizadas durante el año
inmediatamente anterior, en su caso, y acreditados suficientemente.
d) Memoria de las iniciativas, actividades y/o programas que se pretenden realizar
durante el año en que se solicita la subvención, con especificación de lugar/es y fecha/s
de desarrollo.
e) Estudio detallado y presupuestado total y desglosado de las iniciativas, actividades
y/o programas que se pretenden realizar y para los cuales se solicita la subvención.
f) Puntualmente, y para el caso de iniciativas subvencionables concretas (tales como
fomento de la natalidad, de realización de cursos de acreditación, de formación) bastará
con los requisitos señalados en los apartados a), b) y e), además de presentar en todo
caso, acreditación suficiente de la realización de la iniciativa subvencionable, y de los
requisitos que siguen, en la forma de declaración responsable, debidamente suscrita.
g) Certificado expedido por el/a Secretario/a de la entidad, agrupación o asociación,
acreditativo del acuerdo del órgano de gobierno, por el cual se decide la formulación de
la solicitud; así como de la representación que ostenta la persona que firma la instancia
y toda la documentación a que se hace referencia en este artículo.
h) Certificado expedido por el/a Secretario/a de la entidad, agrupación o asociación,
acreditativo de estar al corriente de pago de sus obligaciones con las Administraciones
Públicas: Estado, CCAA y Ayuntamiento, o exenta del pago de sus obligaciones
tributarias, conforme al art. 170.2 de la LRHL.
i) Certificado expedido por el/a Secretario/a del Ayuntamiento de Gata donde se acredite
previamente estar al corriente de pagos con la Corporación, y en el que se acredite que
no existe deuda pendiente de pago por el/a titular de la subvención.
5. Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento.
El órgano competente para la instrucción del expediente son los servicios de administración
general del Ayuntamiento y el Departamento de Cultura que realizarán de oficio cuantas
actuaciones estimen oportunas para la comprobación de los datos en virtud de los cuales deba
pronunciarse el acuerdo. Y como miembros del órgano colegiado encargado de emitir informe
CVE:
BOP-2022-4288
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de septiembre de 2022
N.º 0176
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