Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Gata. (BOP-2022-4288)
BOP-2022-4288 EXTRACTO. Convocatoria para la concesión de subvenciones de materia de actividades culturales, deportivas y musicales realizadas por Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro.
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El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia
competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una
prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta
convocatoria, adjudicando, con el límite fijado en el punto siguiente, aquellas que hayan
obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
2. Créditos Presupuestarios.
La cuantía global máxima de la presente convocatoria asciende a 1.500 € que se financiará con
cargo a la aplicación presupuestaria 334. 480.00 del Presupuesto Municipal para el año 2022.
3. Objeto, Condiciones y Finalidad de la Concesión de la Subvención.
La subvención tiene por finalidad el desarrollo de programas y actividades a realizar por parte
de asociaciones, agrupaciones, entidades y personas, tanto en el ámbito sociocultural como en
el cooperativo y asociativo, fomentando estudios, eventos y actividades que contribuyan a la
participación social, al desarrollo de hábitos democráticos, de valores convivenciales, de
solidaridad y justicia social. Igualmente pretende, contribuir al crecimiento, asentamiento y
permanencia de la población (especialmente de los/as jóvenes) en el Municipio, y
contribuyendo así a elevar la calidad de vida en el mismo, y tratando de frenar de esta forma la
tendencia creciente a la despoblación y traslado de sus habitantes hacia las zonas urbanas,
con el consiguiente obstáculo que, ello supone para el desarrollo económico y social del
municipio. Pretenden, finalmente, las medidas de ayuda constituirse como instrumentos que
coadyuven a la formación, la cultura, y la participación ciudadana para lograr unos objetivos de
bienestar social y de calidad de vida de los/as vecinos/as del municipio, que coadyuven al
crecimiento demográfico de los mismos, a su asentamiento y a su permanencia en la
comunidad municipal, evitando la emigración de los mismos y frenando la despoblación
creciente de las zonas rurales, y en concreto, del municipio de Gata.
Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades:
Son subvencionables, las iniciativas, actividades y programas que se ejecuten o realicen
durante el año de su petición por los/as vecinos/as de Gata al Ayuntamiento en el ámbito
territorial del municipio de GATA y que estén referidas a las siguientes áreas, entendidas en
sentido amplio:
- Deportes, Música, Cultura, Juventud, Servicios y prestaciones sociales, Integración y
promoción de la mujer y de los/as jóvenes, Desarrollo comunitario, Protección y fomento
de la familia y de la infancia, Educación, Ecología, Patrimonio Histórico-Artístico,
Solidaridad vecinal, Calidad de vida de los/as vecinos/as.
CVE:
BOP-2022-4288
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de septiembre de 2022
N.º 0176
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