Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2022-4254)
BOP-2022-4254 Convocatoria para la Concesión de Subvenciones destinadas a las Asociaciones que desarrollen actividades a favor de las Mujeres y de la Igualdad de Género para el año 2022.
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SEXTA. PROCEDIMIENTO Y RESOLUCIÓN.
El procedimiento de concesión será el previsto en 23 y siguientes de la Ley General de
Subvenciones, así como en los artículos 17 y siguientes de la Ordenanza por la que se regula
el Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, aprobada por el Excmo.
Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2006.
La Instructora del procedimiento será la concejala delegada de Concejala de Mayores,
Igualdad, Infancia y Familia, Movilidad, Atención Ciudadana y Administración General.
Corresponden al órgano instructor las siguientes funciones:
- Petición de los informes que se estimen necesarios.
- Evaluación de las solicitudes presentadas, de conformidad con la presente
convocatoria, haciendo la correspondiente propuesta de Resolución provisional y
definitiva a la Junta de Gobierno Local.
- Seguimiento de los proyectos subvencionados.
El órgano colegiado al que se refiere el artículo 16 de la Ordenanza por la que se regula el
Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, estará integrado de la
siguiente forma:
Presidenta: Concejala de Mayores, Igualdad, Infancia y Familia, Movilidad, Atención
Ciudadana y Administración General.
Vocal: Concejal/a Delegado/a de Hacienda.
Vocal: Una Agente de Igualdad del Ayuntamiento de Plasencia.
Secretario/a: El/a Secretario/a General del Ayuntamiento o empleado/a público/a en
quien delegue.
La resolución de los procedimientos de concesión exigirá, en todo caso, informe del órgano
colegiado referido anteriormente, así como la formulación de la oportuna propuesta de
resolución provisional y definitiva por parte de la Instructora.
Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano colegiado al que se refiere el artículo 16 de la
Ordenanza General de Subvenciones, deberá emitir informe en el que se concrete el resultado
de la evaluación efectuada.
El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará la
propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá notificarse en la forma
CVE:
BOP-2022-4254
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de septiembre de 2022
N.º 0173
Pág. 18366
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SEXTA. PROCEDIMIENTO Y RESOLUCIÓN.
El procedimiento de concesión será el previsto en 23 y siguientes de la Ley General de
Subvenciones, así como en los artículos 17 y siguientes de la Ordenanza por la que se regula
el Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, aprobada por el Excmo.
Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2006.
La Instructora del procedimiento será la concejala delegada de Concejala de Mayores,
Igualdad, Infancia y Familia, Movilidad, Atención Ciudadana y Administración General.
Corresponden al órgano instructor las siguientes funciones:
- Petición de los informes que se estimen necesarios.
- Evaluación de las solicitudes presentadas, de conformidad con la presente
convocatoria, haciendo la correspondiente propuesta de Resolución provisional y
definitiva a la Junta de Gobierno Local.
- Seguimiento de los proyectos subvencionados.
El órgano colegiado al que se refiere el artículo 16 de la Ordenanza por la que se regula el
Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, estará integrado de la
siguiente forma:
Presidenta: Concejala de Mayores, Igualdad, Infancia y Familia, Movilidad, Atención
Ciudadana y Administración General.
Vocal: Concejal/a Delegado/a de Hacienda.
Vocal: Una Agente de Igualdad del Ayuntamiento de Plasencia.
Secretario/a: El/a Secretario/a General del Ayuntamiento o empleado/a público/a en
quien delegue.
La resolución de los procedimientos de concesión exigirá, en todo caso, informe del órgano
colegiado referido anteriormente, así como la formulación de la oportuna propuesta de
resolución provisional y definitiva por parte de la Instructora.
Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano colegiado al que se refiere el artículo 16 de la
Ordenanza General de Subvenciones, deberá emitir informe en el que se concrete el resultado
de la evaluación efectuada.
El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará la
propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá notificarse en la forma
CVE:
BOP-2022-4254
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de septiembre de 2022
N.º 0173
Pág. 18366