Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2022-4252)
BOP-2022-4252 Aprobación inicial Ordenanza reguladora de tarjetas de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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2. Las infracciones consideradas como graves serán sancionadas con multas de hasta (300
euros) y la retirada por un periodo de (3 meses) de la Tarjeta de Estacionamiento.
3. Las infracciones consideradas como muy graves serán sancionadas con multas de hasta
(1.000 euros), la retirada de la tarjeta de estacionamiento por un tiempo superior a (tres meses
e inferior a dos años) y/o la revocación de la tarjeta de forma indefinida, no pudiendo volver a
solicitarse la misma.
ARTÍCULO 19. GRADUACIÓN DE LAS SANCIONES.
1. En la denuncia deberán reflejarse los hechos con la suficiente claridad y concreción para
apreciar las circunstancias concurrentes que permitan graduar la sanción.
2. La cuantía económica de las sanciones se atendrá a la debida gravedad y trascendencia del
hecho, a los antecedentes del/a infractor/a en esta materia y a su condición de reincidente, al
perjuicio causado, directa o indirectamente a terceros o al interés público y al criterio de
proporcionalidad.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
En todo lo no recogido en la presente ordenanza se estará a lo dispuesto en el Real Decreto
1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso
de la tarjeta de estacionamiento y en el Decreto 135/2018, de 1 de agosto, por el que se
aprueba el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación,
espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad
Autónoma de Extremadura o normas que los/as sustituyan.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.
Queda derogada la Ordenanza Reguladora de la Expedición de Tarjetas de Aparcamiento para
Personas con Movilidad Reducida, aprobada por el Pleno de la Corporación el 30 de junio de
2006 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres n.º 200 de fecha 20 de
octubre de 2010, así como cuantas disposiciones contradigan o sean opuestas a la regulación
de la presente Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.
La presente Ordenanza, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, y no
entrará en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el
plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
CVE:
BOP-2022-4252
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de septiembre de 2022
N.º 0173
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euros) y la retirada por un periodo de (3 meses) de la Tarjeta de Estacionamiento.
3. Las infracciones consideradas como muy graves serán sancionadas con multas de hasta
(1.000 euros), la retirada de la tarjeta de estacionamiento por un tiempo superior a (tres meses
e inferior a dos años) y/o la revocación de la tarjeta de forma indefinida, no pudiendo volver a
solicitarse la misma.
ARTÍCULO 19. GRADUACIÓN DE LAS SANCIONES.
1. En la denuncia deberán reflejarse los hechos con la suficiente claridad y concreción para
apreciar las circunstancias concurrentes que permitan graduar la sanción.
2. La cuantía económica de las sanciones se atendrá a la debida gravedad y trascendencia del
hecho, a los antecedentes del/a infractor/a en esta materia y a su condición de reincidente, al
perjuicio causado, directa o indirectamente a terceros o al interés público y al criterio de
proporcionalidad.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
En todo lo no recogido en la presente ordenanza se estará a lo dispuesto en el Real Decreto
1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso
de la tarjeta de estacionamiento y en el Decreto 135/2018, de 1 de agosto, por el que se
aprueba el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación,
espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad
Autónoma de Extremadura o normas que los/as sustituyan.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.
Queda derogada la Ordenanza Reguladora de la Expedición de Tarjetas de Aparcamiento para
Personas con Movilidad Reducida, aprobada por el Pleno de la Corporación el 30 de junio de
2006 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres n.º 200 de fecha 20 de
octubre de 2010, así como cuantas disposiciones contradigan o sean opuestas a la regulación
de la presente Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.
La presente Ordenanza, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, y no
entrará en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el
plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
CVE:
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Verificable
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