Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2022-4252)
BOP-2022-4252 Aprobación inicial Ordenanza reguladora de tarjetas de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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6. La expedición de la tarjeta de estacionamiento renovada requerirá la previa devolución de la
tarjeta caducada.
ARTÍCULO 12. EXPEDICIÓN DE DUPLICADOS.
1. La solicitud de duplicado se realizará mediante el impreso normalizado (ANEXO I, II o III),
que se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del Ayuntamiento de
Membrío por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Si la solicitud de duplicado responde al extravío, robo o cualquier otra circunstancia que haya
producido la pérdida de la tarjeta de estacionamiento, efectuará en la solicitud una declaración
expresa de esta circunstancia y si procede aportará copia de la denuncia presentada ante la
autoridad competente.
3. En el supuesto de recuperar la tarjeta de estacionamiento desaparecida, la persona titular de
la misma debe proceder a la devolución del duplicado expedido.
4. El Ayuntamiento de Membrío comunicará al Registro de Tarjetas de Estacionamiento de la
Comunidad Autónoma de Extremadura tanto la expedición de duplicado de tarjeta,
recuperación de original o cualquier otra circunstancia que pueda darse relacionado con la
expedición de duplicados de tarjetas.
5. En los casos de deterioro, el Ayuntamiento de Membrío expedirá un duplicado de la tarjeta
de estacionamiento previa devolución de la tarjeta deteriorada.
CAPÍTULO IV. DOTACIÓN, UBICACIÓN, DISPOSICIONES TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTO
DE SOLICITUD DE RESERVAS DE PLAZAS DE APARCAMIENTO.
ARTÍCULO 13. DOTACIÓN DE PLAZAS DE APARCAMIENTO RESERVADAS.
1. La reserva de plazas de aparcamiento en el municipio de Membrío debe realizarse e irse
actualizando conforme a la normativa de accesibilidad vigente en cada momento. En el
momento de redactarse la presente ordenanza la dotación de plazas de aparcamiento
reservadas debe ser:
a) En cumplimiento de la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla
el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para
el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y del Real Decreto
1056/2014 de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión
CVE:
BOP-2022-4252
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de septiembre de 2022
N.º 0173
Pág. 18343
tarjeta caducada.
ARTÍCULO 12. EXPEDICIÓN DE DUPLICADOS.
1. La solicitud de duplicado se realizará mediante el impreso normalizado (ANEXO I, II o III),
que se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del Ayuntamiento de
Membrío por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Si la solicitud de duplicado responde al extravío, robo o cualquier otra circunstancia que haya
producido la pérdida de la tarjeta de estacionamiento, efectuará en la solicitud una declaración
expresa de esta circunstancia y si procede aportará copia de la denuncia presentada ante la
autoridad competente.
3. En el supuesto de recuperar la tarjeta de estacionamiento desaparecida, la persona titular de
la misma debe proceder a la devolución del duplicado expedido.
4. El Ayuntamiento de Membrío comunicará al Registro de Tarjetas de Estacionamiento de la
Comunidad Autónoma de Extremadura tanto la expedición de duplicado de tarjeta,
recuperación de original o cualquier otra circunstancia que pueda darse relacionado con la
expedición de duplicados de tarjetas.
5. En los casos de deterioro, el Ayuntamiento de Membrío expedirá un duplicado de la tarjeta
de estacionamiento previa devolución de la tarjeta deteriorada.
CAPÍTULO IV. DOTACIÓN, UBICACIÓN, DISPOSICIONES TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTO
DE SOLICITUD DE RESERVAS DE PLAZAS DE APARCAMIENTO.
ARTÍCULO 13. DOTACIÓN DE PLAZAS DE APARCAMIENTO RESERVADAS.
1. La reserva de plazas de aparcamiento en el municipio de Membrío debe realizarse e irse
actualizando conforme a la normativa de accesibilidad vigente en cada momento. En el
momento de redactarse la presente ordenanza la dotación de plazas de aparcamiento
reservadas debe ser:
a) En cumplimiento de la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla
el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para
el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y del Real Decreto
1056/2014 de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión
CVE:
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