Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acebo. (BOP-2022-4228)
BOP-2022-4228 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora del uso de la Administración Electrónica.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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a) Formular solicitudes.
b) Presentar declaraciones responsables o comunicaciones.
c) Interponer recursos.
d) Desistir de acciones.
e) Renunciar a derechos.
CAPÍTULO 3. SEDE ELECTRÓNICA.
ARTÍCULO 4. Sede electrónica.
Se crea la sede electrónica del Ayuntamiento, disponible en la dirección URL:
https://acebo.sedelectronica.es
La titularidad de la sede electrónica corresponderá a la Administración municipal.
La sede electrónica se crea con sujeción a los principios de transparencia, publicidad,
responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e
interoperabilidad.
La sede electrónica utilizará para identificarse y garantizar una comunicación segura,
certificado reconocido o cualificado de autenticación de sitio web o equivalente.
La sede electrónica deberá ser accesible a los/as ciudadanos/as todos los días del año,
durante las veinticuatro horas del día. Sólo cuando concurran razones justificadas de
mantenimiento técnico u operativo podrá interrumpirse, por el tiempo imprescindible, la
accesibilidad a la misma. La interrupción deberá anunciarse en la propia sede con la antelación
que, en su caso, resulte posible. En supuestos de interrupción no planificada en el
funcionamiento de la sede, y siempre que sea factible, el usuario visualizará un mensaje en
que se comunique tal circunstancia.
ARTÍCULO 5. Catálogo de procedimientos.
Tal y como establece artículo 53.1 f) de la citada Ley 39/2015, el/a interesado/a tiene, entre
otros, el derecho a obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o
técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes
que se proponga realizar.
CVE:
BOP-2022-4228
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de septiembre de 2022
N.º 0172
Pág. 18214
b) Presentar declaraciones responsables o comunicaciones.
c) Interponer recursos.
d) Desistir de acciones.
e) Renunciar a derechos.
CAPÍTULO 3. SEDE ELECTRÓNICA.
ARTÍCULO 4. Sede electrónica.
Se crea la sede electrónica del Ayuntamiento, disponible en la dirección URL:
https://acebo.sedelectronica.es
La titularidad de la sede electrónica corresponderá a la Administración municipal.
La sede electrónica se crea con sujeción a los principios de transparencia, publicidad,
responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e
interoperabilidad.
La sede electrónica utilizará para identificarse y garantizar una comunicación segura,
certificado reconocido o cualificado de autenticación de sitio web o equivalente.
La sede electrónica deberá ser accesible a los/as ciudadanos/as todos los días del año,
durante las veinticuatro horas del día. Sólo cuando concurran razones justificadas de
mantenimiento técnico u operativo podrá interrumpirse, por el tiempo imprescindible, la
accesibilidad a la misma. La interrupción deberá anunciarse en la propia sede con la antelación
que, en su caso, resulte posible. En supuestos de interrupción no planificada en el
funcionamiento de la sede, y siempre que sea factible, el usuario visualizará un mensaje en
que se comunique tal circunstancia.
ARTÍCULO 5. Catálogo de procedimientos.
Tal y como establece artículo 53.1 f) de la citada Ley 39/2015, el/a interesado/a tiene, entre
otros, el derecho a obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o
técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes
que se proponga realizar.
CVE:
BOP-2022-4228
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de septiembre de 2022
N.º 0172
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