Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-4215)
BOP-2022-4215 Bases Reguladoras Segunda Edición de la Convocatoria de Subvenciones "Cáceres Destino Digital" para el Fomento de la Relocalización de Puestos de Trabajo y la Implantación del Teletrabajo en la Provincia de Cáceres. Ejercicio 2022.
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BASE DECIMOSEXTA NORMATIVA DE APLICACIÓN. INTERPRETACIÓN. JURISDICCIÓN.
16.1 NORMATIVA DE APLICACIÓN.
En lo no previsto expresamente en las presentes bases se estará a lo dispuesto en:
Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres , de 14
marzo de 2016.
Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Cáceres.
Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común.
Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Decreto de 17 de junio de 1955, Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales
(en lo que no se oponga a la LGS).
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales.
Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamenteo de
desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de
carácter personal.
RD 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el
ámbito de la Administración Electrónica.
RD 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de
Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios
electrónicos de confianza.
Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de Diciembre de 2013 (DOUE
num L352, de 24 de diciembre de 2013) relativo a la aplicación de los art 107 y 108 del
Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.
Ley 11/2021, de 9 de julio, de Medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal
16.2 INTERPRETACIÓN.
Para todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes Bases y la interpretación de
las dudas que puedan surgir en su aplicación será competente el órgano con facultades para
aprobar las mismas, esto es la Presidencia, que queda autorizado para dictar aquellos actos
CVE:
BOP-2022-4215
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de septiembre de 2022
N.º 0172
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