Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cañamero. (BOP-2022-4190)
BOP-2022-4190 Bases generales reguladora convocatoria estabilización de empleo 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales o haber
superado 180 créditos de los tres primeros cursos completos o el primer ciclo de
una Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura, a excepción, en este caso, de las
titulaciones que habiliten para el ejercicio de una profesión.
Grupo C.
Subgrupo C1.
Título de Bachiller o de Técnico/a o titulación equivalente, de acuerdo con lo
establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada mediante
Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, por la que se establecen equivalencias con
los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller
regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Subgrupo C2.
Graduado en Educación Secundaria obligatoria o titulación equivalente de
acuerdo con lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio,
modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, por la que se
establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
GRUPO E.
Certificado de Escolaridad o equivalente o la cualificación profesional
correspondiente según el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
(CNCP), de acuerdo con la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las
Cualificaciones y de la Formación Profesional. Los/as aspirantes con titulaciones
universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión
de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia, y los aspirantes con titulaciones no
universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión
de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de
aplicación a los/as aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su
cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de
las disposiciones de derecho comunitario.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
CVE:
BOP-2022-4190
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de septiembre de 2022
N.º 0171
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superado 180 créditos de los tres primeros cursos completos o el primer ciclo de
una Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura, a excepción, en este caso, de las
titulaciones que habiliten para el ejercicio de una profesión.
Grupo C.
Subgrupo C1.
Título de Bachiller o de Técnico/a o titulación equivalente, de acuerdo con lo
establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada mediante
Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, por la que se establecen equivalencias con
los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller
regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Subgrupo C2.
Graduado en Educación Secundaria obligatoria o titulación equivalente de
acuerdo con lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio,
modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, por la que se
establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
GRUPO E.
Certificado de Escolaridad o equivalente o la cualificación profesional
correspondiente según el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
(CNCP), de acuerdo con la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las
Cualificaciones y de la Formación Profesional. Los/as aspirantes con titulaciones
universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión
de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia, y los aspirantes con titulaciones no
universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión
de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de
aplicación a los/as aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su
cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de
las disposiciones de derecho comunitario.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
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