Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cañamero. (BOP-2022-4190)
BOP-2022-4190 Bases generales reguladora convocatoria estabilización de empleo 2022.
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corresponderá al Tribunal Calificador resolver la procedencia y concreción de la adaptación de
tiempos y medios en función de las circunstancias específicas del ejercicio, según se establece
por el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con
discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas
favorecedoras de la integración de los/as empleados/as públicos/as con discapacidad y la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio. No obstante el Tribunal podrá recabar informe y, en su
caso, colaboración de los órganos técnicos competentes en materia de discapacidad de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Además podrán solicitar del/a
interesado/a información adicional respecto de la adaptación solicitada.
6.2. Los/as aspirantes serán convocados/as para la defensa de la memoria con una antelación
de cinco días hábiles de dicho comienzo mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la
Provincia en el Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público.
SÉPTIMA. Sistema de Selección.
7.1. El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a y 94 y siguientes de la Ley de la Función
Pública de Extremadura, en conexión con la Ley 20/2021, y se realizará a través del sistema de
concurso de méritos. Supondrá una puntuación máxima total de 100 puntos, dividiéndose en
servicios prestados, otros méritos (formación, titulación e idiomas), de acuerdo con los baremos
que figuran a continuación, que se aplicarán a los/as aspirantes del proceso selectivo.
Serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el día de publicación del
anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Únicamente serán objeto de
valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en el proceso selectivo, y que
consten relacionados/as en el apartado correspondiente de la instancia, así como la
documentación acreditativa de los mismos de acuerdo con la base Tercera 3.2.
Servicios prestados. (90 puntos máximo) en un periodo de 15 años.
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal, cualquiera
que sea la modalidad del nombramiento interino/a/contratación temporal o indefinido/a no fijo/a,
hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, con un máximo de 15
años para los apartados 1; 2 y 3, de acuerdo con el siguiente baremo:
1. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante (Ayuntamiento de
Cañamero), ocupando el puesto o puestos de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la
convocatoria, se otorgará 1 punto hasta un máximo de 90 puntos.
CVE:
BOP-2022-4190
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de septiembre de 2022
N.º 0171
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tiempos y medios en función de las circunstancias específicas del ejercicio, según se establece
por el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con
discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas
favorecedoras de la integración de los/as empleados/as públicos/as con discapacidad y la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio. No obstante el Tribunal podrá recabar informe y, en su
caso, colaboración de los órganos técnicos competentes en materia de discapacidad de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Además podrán solicitar del/a
interesado/a información adicional respecto de la adaptación solicitada.
6.2. Los/as aspirantes serán convocados/as para la defensa de la memoria con una antelación
de cinco días hábiles de dicho comienzo mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la
Provincia en el Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público.
SÉPTIMA. Sistema de Selección.
7.1. El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a y 94 y siguientes de la Ley de la Función
Pública de Extremadura, en conexión con la Ley 20/2021, y se realizará a través del sistema de
concurso de méritos. Supondrá una puntuación máxima total de 100 puntos, dividiéndose en
servicios prestados, otros méritos (formación, titulación e idiomas), de acuerdo con los baremos
que figuran a continuación, que se aplicarán a los/as aspirantes del proceso selectivo.
Serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el día de publicación del
anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Únicamente serán objeto de
valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en el proceso selectivo, y que
consten relacionados/as en el apartado correspondiente de la instancia, así como la
documentación acreditativa de los mismos de acuerdo con la base Tercera 3.2.
Servicios prestados. (90 puntos máximo) en un periodo de 15 años.
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal, cualquiera
que sea la modalidad del nombramiento interino/a/contratación temporal o indefinido/a no fijo/a,
hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, con un máximo de 15
años para los apartados 1; 2 y 3, de acuerdo con el siguiente baremo:
1. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante (Ayuntamiento de
Cañamero), ocupando el puesto o puestos de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la
convocatoria, se otorgará 1 punto hasta un máximo de 90 puntos.
CVE:
BOP-2022-4190
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de septiembre de 2022
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