Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-4176)
BOP-2022-4176 Convenio abastecimiento Alta Ayuntamiento La Granja.
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CONVENIO ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LOS SERVICIOS ABASTECIMIENTO DE
AGUA EN “ALTA” O ADUCCIÓN. RÉGIMEN ECONÓMICO: MEDIANTE ABONO,
POR EL AYUNTAMIENTO DE LA CONTRAPRESTACIÓN ECONÓMICA LIQUIDADA,
GESTIONADA Y RECAUDADA POR EL CONSORCIO CONFORME A LO DISPUESTO
EN LA ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO.
REUNIDOS
De una parte, D. Carlos Carlos Rodríguez, Presidente del Consorcio para
la Gestión de Servicios Medioambientales “Medioambiente y Aguas Provincia
de Cáceres”, en adelante se referenciará al mismo como Consorcio
“MÁSMEDIO”, facultado para este acto por acuerdo adoptado por el Consejo
de Administración en su sesión de 17 de Junio de 2021.
Y de otra, D. Óscar Manuel Martín Martín alcalde del Excmo.
Ayuntamiento de La Granja, en adelante se referenciará al mismo como
AYUNTAMIENTO, facultado para suscribir el presente Convenio en virtud de
acuerdo del Pleno Municipal, adoptado en sesión del día 30 de septiembre de
2021, asistido del Sr. Secretario de la Corporación Luís Antonio Esteban
Santibañez.
Ambos se reconocen con capacidad legal suficiente para la firma del
presente Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El art. 25.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
Bases de Régimen Local, en adelante LRBRL, enumera como competencias
propias que, en todo caso, debe ejercer el Municipio, el abastecimiento de
agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.
Asimismo, la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía
Municipal de Extremadura dispone en su artículo 15.1.B) 6. que dentro de las
competencias propias que puede ejercer los municipios en el área de
actuación municipal referida al Territorio e Infraestructuras se encuentra la
de “(…) 6º. Ordenación, gestión, prestación y control de los servicios en el
ciclo integral del agua de uso urbano. Esta materia incluye el abastecimiento
de agua en alta o aducción, abastecimiento de agua en baja, saneamiento o
recogida de las aguas residuales urbanas y pluviales de los núcleos de
población, depuración de las aguas residuales urbanas y su reutilización, en
su caso, en los términos de la legislación básica.”
CVE:
BOP-2022-4176
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 5 de septiembre de 2022
N.º 0170
Pág. 17870
AGUA EN “ALTA” O ADUCCIÓN. RÉGIMEN ECONÓMICO: MEDIANTE ABONO,
POR EL AYUNTAMIENTO DE LA CONTRAPRESTACIÓN ECONÓMICA LIQUIDADA,
GESTIONADA Y RECAUDADA POR EL CONSORCIO CONFORME A LO DISPUESTO
EN LA ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO.
REUNIDOS
De una parte, D. Carlos Carlos Rodríguez, Presidente del Consorcio para
la Gestión de Servicios Medioambientales “Medioambiente y Aguas Provincia
de Cáceres”, en adelante se referenciará al mismo como Consorcio
“MÁSMEDIO”, facultado para este acto por acuerdo adoptado por el Consejo
de Administración en su sesión de 17 de Junio de 2021.
Y de otra, D. Óscar Manuel Martín Martín alcalde del Excmo.
Ayuntamiento de La Granja, en adelante se referenciará al mismo como
AYUNTAMIENTO, facultado para suscribir el presente Convenio en virtud de
acuerdo del Pleno Municipal, adoptado en sesión del día 30 de septiembre de
2021, asistido del Sr. Secretario de la Corporación Luís Antonio Esteban
Santibañez.
Ambos se reconocen con capacidad legal suficiente para la firma del
presente Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El art. 25.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
Bases de Régimen Local, en adelante LRBRL, enumera como competencias
propias que, en todo caso, debe ejercer el Municipio, el abastecimiento de
agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.
Asimismo, la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía
Municipal de Extremadura dispone en su artículo 15.1.B) 6. que dentro de las
competencias propias que puede ejercer los municipios en el área de
actuación municipal referida al Territorio e Infraestructuras se encuentra la
de “(…) 6º. Ordenación, gestión, prestación y control de los servicios en el
ciclo integral del agua de uso urbano. Esta materia incluye el abastecimiento
de agua en alta o aducción, abastecimiento de agua en baja, saneamiento o
recogida de las aguas residuales urbanas y pluviales de los núcleos de
población, depuración de las aguas residuales urbanas y su reutilización, en
su caso, en los términos de la legislación básica.”
CVE:
BOP-2022-4176
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 5 de septiembre de 2022
N.º 0170
Pág. 17870