Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-4175)
BOP-2022-4175 Convenio ciclo completo Ayuntamiento Pedroso de Acim.
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CONVENIO DE ENCOMIENDA DE
GESTIÓN: CICLO COMPLETO DEL AGUA.
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
Recibidas las alegaciones y previa propuesta de resolución, se dictará
Resolución por la Presidencia del Consorcio MásMedio con los efectos
administrativos correspondientes.
En sentido contrario, el Consorcio MásMedio deberá devolver al
AYUNTAMIENTO aquella parte de su fondo particular de inversiones pendiente de
ejecutar.
La suspensión del Convenio no surtirá efecto en tanto que el
AYUNTAMIENTO no preste su conformidad a la liquidación contable y satisfaga,
en su caso, la totalidad de su deuda. En cualquier caso, entre la denuncia del
Convenio y su resolución definitiva deberán transcurrir al menos doce meses.
Tras la finalización o suspensión del presente convenio, el personal
incorporado a los nuevos servicios pasará nuevamente al servicio municipal según
lo establecido en la legislación vigente en materia laboral, no recayendo en el
Consorcio MásMedio ninguna obligación laboral respecto de los trabajadores
implicados.
En cualquier caso, el Consorcio MásMedio será indemnizado por los daños y
perjuicios sufridos como consecuencia del incumplimiento del presente convenio.
Asimismo, constituirá título suficiente y perjuicio evaluable que el Consorcio
“MÁSMEDIO” apruebe algún expediente de contratación o adjudique algún
contrato para la ejecución del presente convenio, cuando la Entidad local
suscriptora del mismo se desvincule de este. Sin embargo, si suscrito el convenio
entre el Consorcio MásMedio y la Entidad Local correspondiente e iniciada la
tramitación del expediente de contratación o adjudicado el correspondiente
contrato, el AYUNTAMIENTO suscriptor del convenio acuerda desistir o renunciar
al mismo, desvinculándose del procedimiento o contrato, este acuerdo se
entenderá como grave incumplimiento del convenio, generándose las
compensaciones que correspondan.
DECIMOCUARTA. - Causas de extinción del convenio.
El presente convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurriren causa de resolución, conforme a lo dispuesto
en el artículo 51.2 de la LRJSP, y que se detallan a continuación:
CVE:
BOP-2022-4175
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 5 de septiembre de 2022
N.º 0170
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