Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-4156)
BOP-2022-4156 Convenio abastecimiento alta Ayuntamiento Peraleda de San Román.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
NOVENA. - Gestión y ejecución de ingresos de derecho público y régimen de
compensación de deuda.
Corresponderá al Consorcio MásMedio la gestión y liquidación de la
contraprestación a abonar por el AYUNTAMIENTO. A tal efecto, se aplicarán el
régimen establecido en la Ordenanza reguladora del servicio encomendado. En
caso de impago las funciones de gestión y recaudación del Consorcio MásMedio
para el cobro de la liquidación practicada y adeudada por el AYUNTAMIENTO
serán ejercidas por el Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación de
Cáceres.
El AYUNTAMIENTO autoriza al Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria, para que a partir del 1 de enero de cada año, proceda a la
compensación al Consorcio MásMedio, de la deuda municipal que se pudiera
derivar de las obligaciones contraídas, cuya fecha de pago en voluntaria haya
vencido, con cualquiera de las transferencias de fondos que la Administración
General del Estado incluyendo la participación municipal en los Tributos del
Estado, la Junta de Extremadura o el Consorcio MásMedio tenga que realizar a
su favor.
DÉCIMA. - Duración de la encomienda de gestión.
La duración del Convenio será de VEINTICINCO (25 años) a contar desde el inicio
de la gestión. Si con doce meses de antelación al término del plazo, ninguna de
las partes hubiera notificado a la otra su intención de no prorrogarlo, su vigencia
quedará ampliada por otro periodo de igual duración.
UNDÉCIMA - Comisión Mixta de Seguimiento de las actuaciones.
Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio integrada
por dos miembros de cada una de las partes, lo que se comunicará a la otra parte,
siendo la Presidencia o Vicepresidencia del Consorcio quien ejercerá la función
de presidente de la comisión.
En la comisión se integrará, con voz, pero sin voto, un quinto miembro de
la misma nombrado por el Consorcio MásMedio, que actuará como Secretario.
Esta comisión, de composición paritaria, tiene por objeto impulsar las
actividades de colaboración previstas en el presente convenio, fomentar
CVE:
BOP-2022-4156
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de septiembre de 2022
N.º 0169
Pág. 17736
NOVENA. - Gestión y ejecución de ingresos de derecho público y régimen de
compensación de deuda.
Corresponderá al Consorcio MásMedio la gestión y liquidación de la
contraprestación a abonar por el AYUNTAMIENTO. A tal efecto, se aplicarán el
régimen establecido en la Ordenanza reguladora del servicio encomendado. En
caso de impago las funciones de gestión y recaudación del Consorcio MásMedio
para el cobro de la liquidación practicada y adeudada por el AYUNTAMIENTO
serán ejercidas por el Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación de
Cáceres.
El AYUNTAMIENTO autoriza al Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria, para que a partir del 1 de enero de cada año, proceda a la
compensación al Consorcio MásMedio, de la deuda municipal que se pudiera
derivar de las obligaciones contraídas, cuya fecha de pago en voluntaria haya
vencido, con cualquiera de las transferencias de fondos que la Administración
General del Estado incluyendo la participación municipal en los Tributos del
Estado, la Junta de Extremadura o el Consorcio MásMedio tenga que realizar a
su favor.
DÉCIMA. - Duración de la encomienda de gestión.
La duración del Convenio será de VEINTICINCO (25 años) a contar desde el inicio
de la gestión. Si con doce meses de antelación al término del plazo, ninguna de
las partes hubiera notificado a la otra su intención de no prorrogarlo, su vigencia
quedará ampliada por otro periodo de igual duración.
UNDÉCIMA - Comisión Mixta de Seguimiento de las actuaciones.
Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio integrada
por dos miembros de cada una de las partes, lo que se comunicará a la otra parte,
siendo la Presidencia o Vicepresidencia del Consorcio quien ejercerá la función
de presidente de la comisión.
En la comisión se integrará, con voz, pero sin voto, un quinto miembro de
la misma nombrado por el Consorcio MásMedio, que actuará como Secretario.
Esta comisión, de composición paritaria, tiene por objeto impulsar las
actividades de colaboración previstas en el presente convenio, fomentar
CVE:
BOP-2022-4156
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de septiembre de 2022
N.º 0169
Pág. 17736