Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-4153)
BOP-2022-4153 Convenio adhesión Ayuntamiento La Granja.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
propio, administración autónoma y tan amplia capacidad jurídica de derecho
público y de derecho privado como requiera la realización de sus fines.
El consorcio tendrá atribuida potestad tributaria y no tributaria, como
consecuencia de las atribuciones necesarias para el desarrollo de las actividades
encomendadas por sus miembros integrantes, residiendo la legitimidad del
ejercicio de dichas potestades en los órganos de gobierno correspondientes, como
representación de los miembros consorciados.
El consorcio se configura como servicio técnico de las entidades de cualquier
naturaleza que lo integran, al generar el consorcio alternativas de carácter
eficiente, sostenible y eficaz, aplicando criterios de rentabilidad económica.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 120 del Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, el consorcio se encuentra adscrito a la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
Artículo 3. Objeto y fines.
El consorcio se crea con la finalidad de constituirse en entidad de derecho público
que prestará cualquier servicio de competencia municipal, relacionado con el
medio ambiente, tanto urbano como rural.
Se consideran de especial interés aquellas actividades relacionadas tanto con el
ciclo completo del agua, captación, potabilización, distribución y depuración,
como con el ciclo completo de recogida, transporte y tratamiento de toda clase
de residuos.
Las entidades integradas al consorcio podrán solicitar libremente, mediante
acuerdo del órgano municipal competente, la adhesión a uno o a varios de los
servicios que preste el consorcio, reflejándose la opción elegida en el
correspondiente acuerdo y mediante la fórmula administrativa que se considere
oportuna.
El consorcio tendrá por objeto garantizar, de forma preferente, mediante una
fórmula de gestión compartida y de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.2 de
la Ley 7/1985, los servicios mínimos obligatorios de recogida y tratamiento de
residuos y abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento
de aguas residuales.
El consorcio trabajará en la búsqueda continua de métodos de optimización de la
calidad, la eficiencia y eficacia de los servicios que presta, utilizando para ello
cualesquiera de las herramientas que considere adecuadas, como las de nuevas
tecnologías, las de investigación, innovación y desarrollo o el acceso a ayudas y
subvenciones.
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
6
CVE:
BOP-2022-4153
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de septiembre de 2022
N.º 0169
Pág. 17646
público y de derecho privado como requiera la realización de sus fines.
El consorcio tendrá atribuida potestad tributaria y no tributaria, como
consecuencia de las atribuciones necesarias para el desarrollo de las actividades
encomendadas por sus miembros integrantes, residiendo la legitimidad del
ejercicio de dichas potestades en los órganos de gobierno correspondientes, como
representación de los miembros consorciados.
El consorcio se configura como servicio técnico de las entidades de cualquier
naturaleza que lo integran, al generar el consorcio alternativas de carácter
eficiente, sostenible y eficaz, aplicando criterios de rentabilidad económica.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 120 del Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, el consorcio se encuentra adscrito a la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
Artículo 3. Objeto y fines.
El consorcio se crea con la finalidad de constituirse en entidad de derecho público
que prestará cualquier servicio de competencia municipal, relacionado con el
medio ambiente, tanto urbano como rural.
Se consideran de especial interés aquellas actividades relacionadas tanto con el
ciclo completo del agua, captación, potabilización, distribución y depuración,
como con el ciclo completo de recogida, transporte y tratamiento de toda clase
de residuos.
Las entidades integradas al consorcio podrán solicitar libremente, mediante
acuerdo del órgano municipal competente, la adhesión a uno o a varios de los
servicios que preste el consorcio, reflejándose la opción elegida en el
correspondiente acuerdo y mediante la fórmula administrativa que se considere
oportuna.
El consorcio tendrá por objeto garantizar, de forma preferente, mediante una
fórmula de gestión compartida y de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.2 de
la Ley 7/1985, los servicios mínimos obligatorios de recogida y tratamiento de
residuos y abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento
de aguas residuales.
El consorcio trabajará en la búsqueda continua de métodos de optimización de la
calidad, la eficiencia y eficacia de los servicios que presta, utilizando para ello
cualesquiera de las herramientas que considere adecuadas, como las de nuevas
tecnologías, las de investigación, innovación y desarrollo o el acceso a ayudas y
subvenciones.
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
6
CVE:
BOP-2022-4153
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de septiembre de 2022
N.º 0169
Pág. 17646