Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-4153)
BOP-2022-4153 Convenio adhesión Ayuntamiento La Granja.
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Artículo 11. Presidente.
1.- La Presidencia la ostentará la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación
de Cáceres, que asumirá las competencias que determinan los presentes
estatutos.
0.- Corresponde a la Presidencia ejercer las siguientes funciones:
a) Convocar, presidir suspender y levantar, así como dirigir las sesiones de la
Junta General y decidir los empates con el voto de calidad.
b) Representar al consorcio judicial y administrativamente.
c) Supervisar los servicios y actividades del consorcio.
d) También ejercerá cuantas funciones le sean encomendadas expresamente por
la Junta General y podrá delegar en el vicepresidente cuantas atribuciones propias
estime conveniente para la buena gestión del consorcio.
e) El ejercicio de acciones administrativas y jurisdiccionales y la defensa de los
procedimientos dirigidos contra el consorcio.
f) Autorizar y suscribir convenios de colaboración con entidades públicas o
privadas, sin perjuicio de la delegación que pueda predicarse respecto al
Vicepresidente.
g) Órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministros, de
servicios, de gestión de servicios públicos, contratos administrativos especiales y
contratos privados, cualquiera que fuera su importe y duración. Asimismo, la
adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial,
cualquiera que sea su valor.
h) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos de la Junta General.
i) Designar comisiones y ponencias para el estudio y formulación de propuestas
en las materias del objeto del consorcio.
j) Nombrar y separar al personal técnico, administrativo y laboral al servicio del
consorcio y establecer su régimen de trabajo, así como aprobar las bases de
selección y contratación del personal, de conformidad con lo previsto en el artículo
7.1 de los presentes Estatutos.
k) Recabar el importe de las aportaciones económicas que han de realizar los
miembros del consorcio en ejecución de las previsiones presupuestarias
aprobadas por la Junta General.
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
9
CVE:
BOP-2022-4153
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de septiembre de 2022
N.º 0169
Pág. 17649
1.- La Presidencia la ostentará la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación
de Cáceres, que asumirá las competencias que determinan los presentes
estatutos.
0.- Corresponde a la Presidencia ejercer las siguientes funciones:
a) Convocar, presidir suspender y levantar, así como dirigir las sesiones de la
Junta General y decidir los empates con el voto de calidad.
b) Representar al consorcio judicial y administrativamente.
c) Supervisar los servicios y actividades del consorcio.
d) También ejercerá cuantas funciones le sean encomendadas expresamente por
la Junta General y podrá delegar en el vicepresidente cuantas atribuciones propias
estime conveniente para la buena gestión del consorcio.
e) El ejercicio de acciones administrativas y jurisdiccionales y la defensa de los
procedimientos dirigidos contra el consorcio.
f) Autorizar y suscribir convenios de colaboración con entidades públicas o
privadas, sin perjuicio de la delegación que pueda predicarse respecto al
Vicepresidente.
g) Órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministros, de
servicios, de gestión de servicios públicos, contratos administrativos especiales y
contratos privados, cualquiera que fuera su importe y duración. Asimismo, la
adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial,
cualquiera que sea su valor.
h) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos de la Junta General.
i) Designar comisiones y ponencias para el estudio y formulación de propuestas
en las materias del objeto del consorcio.
j) Nombrar y separar al personal técnico, administrativo y laboral al servicio del
consorcio y establecer su régimen de trabajo, así como aprobar las bases de
selección y contratación del personal, de conformidad con lo previsto en el artículo
7.1 de los presentes Estatutos.
k) Recabar el importe de las aportaciones económicas que han de realizar los
miembros del consorcio en ejecución de las previsiones presupuestarias
aprobadas por la Junta General.
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
9
CVE:
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Verificable
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Viernes, 2 de septiembre de 2022
N.º 0169
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