Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata. (BOP-2022-4144)
BOP-2022-4144 Bases y convocatoria de una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local. Concurso a través del proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres)
Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres)
Plaza de España, 1, Peraleda de la Mata. 10335. Cáceres. Tfno. 927559005. Fax. 927559227
En el diploma o certificado deberá constar el nombre del curso, los contenidos impartidos, la
entidad que lo expide y la carga horaria.
No se podrá valorar más de una edición correspondiente a un mismo curso ni los pertenecientes
a una carrera universitaria, las materias o créditos que formen parte de una titulación académica,
los de doctorado, los derivados de procesos selectivos o preparatorios de procesos de promoción
interna específica, los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares, ni la
formación especializada que resulte imprescindible para la obtención de una titulación académica
determinada o para el ejercicio de una profesión.
Igualmente, no se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas o
meses de duración, o aquellos otros que tengan una duración inferior a 20 horas.
- B.2. Titulación académica (máximo 1,50 puntos): Por estar posesión de título universitario de
diplomado, graduado o licenciado en la rama de ciencias sociales y jurídicas, se otorgarán
1,50 puntos.
Sólo se valorará la titulación de mayor grado y una sola titulación. No serán objeto de valoración
los títulos que se exijan como requisito para acceso a la convocatoria. No se valorará la titulación
académica oficial que haya sido necesaria obtener para acceder a otra de grado o nivel superior.
La acreditación de la titulación se realizará con la presentación del título académico
correspondiente.
En caso de empate en las calificaciones obtenidas por los aspirantes, se tendrá en cuenta para
dirimir el empate, en primer lugar, la puntuación obtenida en el apartado “A.1. Experiencia
profesional”; si persistiera el empate, se solventará atendiendo a la máxima puntuación en el
apartado “B.1. Cursos oficiales de formación y perfeccionamiento” y si se mantuviese la igualdad,
se acudirá al apartado “B.2. Titulación Académica”. De persistir el empate, éste se solventará por
orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, de conformidad con la letra que
se determine en el sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la
Administración Pública a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.
BASE DECIMOTERCERA. RELACIÓN DE APROBADOS
Una vez baremado los méritos correspondientes al Concurso, el Tribunal Calificador publicará
en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica municipal un anuncio con las puntuaciones
obtenidas por las personas aspirantes. El plazo para presentar alegaciones frente a las
mencionadas puntuaciones será de tres días naturales a partir del día siguiente a la publicación
en sede electrónica de las mismas.
Finalizado dicho plazo, el Tribunal resolverá las alegaciones, si las hubiera, procediéndose
posteriormente a la publicación de la lista definitiva de la puntuación ordenada por orden
decreciente en función de la puntuación obtenida por los aspirantes, en la cual se propondrá al
candidato seleccionado para la plaza.
Concluido el proceso de selección por concurso el aspirante que hubiera obtenido la mayor
puntuación será considerado personal laboral fijo por resolución de la Alcaldía-Presidencia.
En ningún caso la propuesta de nombramiento podrá rebasar el número de plazas convocadas,
siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido.
Esta convocatoria no generará lista de reserva para atender a necesidades temporales.
CVE:
BOP-2022-4144
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de septiembre de 2022
N.º 0168
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