Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-4081)
BOP-2022-4081 Modificación Anexo I Plan Pueblos con Futuro 2022.
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con la modificación producida, cómo quedarían los créditos totales distribuidos por aplicaciones
presupuestarias.”
A tales efectos, vistos los informes emitidos por la Intervención General que constan en los
expedientes de modificación presupuestaria n.º 79 y 97 del 2022, en relación con las
modificaciones efectuadas con respecto a la distribución de importes entre las distintas
aplicaciones presupuestarias que conforman el Plan Pueblos con Futuro y, en aras de dar la
debida publicidad a los cambios presupuestarios que se han llevado a cabo, esta
Vicepresidencia Segunda, en virtud de las atribuciones conferidas por el art. 34 de la ley 7/1985
de 2 de abril RESUELVE:
PRIMERO.- Aprobar el Anexo I correspondiente a las Normas Reguladoras del Plan PUEBLOS
CON FUTURO 2022 para Entidades Locales municipales con población inferior a 5.000
habitantes y entidades locales menores de la provincia de Cáceres, para el ejercicio 2022, y
que acompaña a la presente Resolución, resultante de las modificaciones presupuestarias
aprobadas por Acuerdos de Pleno de fecha 29 de junio y 28 de julio de 2022, correspondientes
a expedientes de modificación presupuestaria n.º 79/2022 y 97/2022.
SEGUNDO.- Ordenar la publicación de dicho Anexo I en Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como el correspondiente
extracto relativo a la modificación efectuada en el citado Boletín Oficial de la Provincia.
Asimismo se publicará anuncio en la sede electrónica de la Diputación de Cáceres, como
indicado en la Base 41 de las de ejecución del presupuesto provincial para el ejercicio 2022.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88.3º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que el
presente Acuerdo es definitivo en vía administrativa y frente al mismo puede interponerse, en el
plazo de dos meses a partir de su recepción, Recurso Contencioso-Administrativo ante el
Juzgado de dicha Jurisdicción de Cáceres , o, con carácter potestativo, Recurso de Reposición
ante la Vicepresidencia Segunda, en el plazo de un mes a partir de su notificación; todo ello sin
perjuicio de la interposición de cualquier otro que estime procedente.
Cáceres, 29 de agosto de 2022
José Alvaro Casas Avilés
SECRETARIO
CVE:
BOP-2022-4081
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de agosto de 2022
N.º 0166
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presupuestarias.”
A tales efectos, vistos los informes emitidos por la Intervención General que constan en los
expedientes de modificación presupuestaria n.º 79 y 97 del 2022, en relación con las
modificaciones efectuadas con respecto a la distribución de importes entre las distintas
aplicaciones presupuestarias que conforman el Plan Pueblos con Futuro y, en aras de dar la
debida publicidad a los cambios presupuestarios que se han llevado a cabo, esta
Vicepresidencia Segunda, en virtud de las atribuciones conferidas por el art. 34 de la ley 7/1985
de 2 de abril RESUELVE:
PRIMERO.- Aprobar el Anexo I correspondiente a las Normas Reguladoras del Plan PUEBLOS
CON FUTURO 2022 para Entidades Locales municipales con población inferior a 5.000
habitantes y entidades locales menores de la provincia de Cáceres, para el ejercicio 2022, y
que acompaña a la presente Resolución, resultante de las modificaciones presupuestarias
aprobadas por Acuerdos de Pleno de fecha 29 de junio y 28 de julio de 2022, correspondientes
a expedientes de modificación presupuestaria n.º 79/2022 y 97/2022.
SEGUNDO.- Ordenar la publicación de dicho Anexo I en Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como el correspondiente
extracto relativo a la modificación efectuada en el citado Boletín Oficial de la Provincia.
Asimismo se publicará anuncio en la sede electrónica de la Diputación de Cáceres, como
indicado en la Base 41 de las de ejecución del presupuesto provincial para el ejercicio 2022.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88.3º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que el
presente Acuerdo es definitivo en vía administrativa y frente al mismo puede interponerse, en el
plazo de dos meses a partir de su recepción, Recurso Contencioso-Administrativo ante el
Juzgado de dicha Jurisdicción de Cáceres , o, con carácter potestativo, Recurso de Reposición
ante la Vicepresidencia Segunda, en el plazo de un mes a partir de su notificación; todo ello sin
perjuicio de la interposición de cualquier otro que estime procedente.
Cáceres, 29 de agosto de 2022
José Alvaro Casas Avilés
SECRETARIO
CVE:
BOP-2022-4081
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de agosto de 2022
N.º 0166
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