Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-4019)
BOP-2022-4019 Publicación Bases Suvenciones Concurrencia Cultura 2022.
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Examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por los/as interesados/as, se formulará
propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el/a solicitante o la relación de
solicitantes para los que se propone la concesión de subvención, y su cuantía, especificando
su evaluación y los criterios seguidos para efectuarla.
La propuesta de resolución provisional o definitiva no crea derecho alguno a favor del/a
beneficiario/a propuesto frente al Ayuntamiento, mientras no se le haya notificado la resolución
de concesión.
El órgano colegiado competente para formular la propuesta de concesión estará compuesto
por:
El/a Concejal/a Delegado/a de Cultura o Concejal/a designado/a por la Alcaldía.
El/a Jefe/a del Archivo Histórico Municipal o Jefa del Archivo Administrativo Municipal.
Un/a Técnico/a de los servicios municipales del Instituto Municipal de Juventud o de la
Concejalía de Participación Ciudadana.
Actuará como Secretario/a la Vicesecretaria Segunda de la Corporación o funcionario/a
que legalmente le sustituya.
Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, será la Alcaldía-Presidencia la que
resolverá el procedimiento en el plazo de 15 días desde la fecha de elevación de dicha
propuesta.
La resolución, además de contener la relación de solicitantes a los/as que se les concede la
subvención, hará constar, de forma expresa, la desestimación del resto de solicitudes e incluirá
una relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones
administrativas y técnicas establecidas en las bases para adquirir la condición de beneficiario/a,
no hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la presente
convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los
criterios de valoración establecidos en la misma.
En este supuesto, si se renunciase a la subvención por alguno de los/as beneficiarios/as, el
órgano concedente acordará, sin necesidad de nueva convocatoria, la concesión de la
subvención al/a solicitante o solicitantes siguientes a aquel en orden de su puntuación, siempre
y cuando con la renuncia por parte de alguno/a de los/as beneficiarios/as, se haya liberado
crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas.
El órgano concedente comunicará esta opción a los/as interesados/as, a fin de que accedan a
la propuesta de subvención en el plazo improrrogable de diez días. Una vez aceptada la
propuesta por parte del/a solicitante, el órgano administrativo dictará el acto de concesión y
CVE:
BOP-2022-4019
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 24 de agosto de 2022
N.º 0162
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