Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-3943)
BOP-2022-3943 Convenio Ejecución EDAR y Saneamiento Ayuntamiento Peraleda de la Mata.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Excmo.
Ayuntamiento de
Peraleda de la Mata
~ 12 ~
Por tanto, deberá destinar la totalidad de los terrenos expropiados exclusi-
vamente a las obras mencionadas en el proyecto de ejecución.
b.3.- Recepcionar las infraestructuras, esta obligación nace desde que las eje-
cuciones de las actuaciones quedan a su disposición, entendiéndose la entrega
y materializada por la mera notificación del Consorcio MásMedio al Ayunta-
miento de Peraleda de la Mata copia del Acta de recepción. El Ayuntamiento
queda obligado a inscribir en el Registro de la Propiedad las instalaciones en el
plazo máximo de un mes a constar desde la fecha de su recepción.
b.4.- Ejecutada las actuaciones hidráulicas el Ayuntamiento adquiere el com-
promiso firme de aceptación de las mismas, pasando a titularidad del Ayunta-
miento mediante su inscripción en el registro. A tal efecto, el Ayuntamiento
pondrá a disposición del Consorcio MásMedio las infraestructuras de la EDAR,
desde el día siguiente desde su recepción, a fin de que proceda gestionar el ser-
vicio encomendado de saneamiento y depuración en la EDAR construida, en los
términos que se fijen en el convenio de encomienda de gestión que se compro-
mete a aprobar en el plazo de un mes desde la firma de este convenio.
c) Obligaciones relacionadas con la gestión del servicio encomendado:
c.1.Poner a disposición del Consorcio MásMedio los medios, las instalaciones y
equipos que pudieran afectar a la depuración de las aguas residuales, cuando
sean propios o facilitando la puesta a disposición de los que correspondan a
titular distinto.
c.2.Aceptar la encomienda de gestión realizada por el Consorcio MásMedio
para la prestación de los servicios de saneamiento y depuración de aguas resi-
duales y mantenerlo durante al menos 25 años a contar desde el inicio de la
gestión, en los términos establecidos en el convenio. En caso de incumpli-
miento de esta cláusula el Ayuntamiento se compromete a indemnizar al Con-
sorcio MásMedio en concepto de daños y perjuicios una indemnización por el
importe del porcentaje correspondiente a las obras ejecutadas (el 40% aproxi-
madamente) se encuentre pendiente de amortización según la vida útil proyec-
tada para las mismas.
c.3.Proporcionar cuantos documentos contribuyan a establecer o mejorar la
prestación del servicio, así como la solicitud de otros documentos que sean
necesarios obtener de Organismos u entidades públicas.
CVE:
BOP-2022-3943
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de agosto de 2022
N.º 0159
Pág. 16630