Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-3937)
BOP-2022-3937 Bases generales que regulan los procesos especiales de estabilización de empleo temporal mediante concurso de méritos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
Asimismo, los/las aspirantes expondrán la defensa o lectura de la Memoria, puntuándose
este apartado con cero (0) puntos en caso de que el/la aspirante no aportara este mérito o no
realizase ante el Tribunal su defensa o lectura.
La defensa o lectura de la memoria no podrá exceder de 15 minutos y tiene como fin
permitir al Tribunal de Selección valorar los conocimientos que haya alegado el/la participante,
para lo cual se le podrá pedir las aclaraciones o realizar las preguntas que se estime necesario en
relación con su contenido.
Criterios de valoración:
Formato y estructura: Maximo de 1 punto.
Contenido y descripción de la actividad.- Maáximo de 4 puntos.
La valoración deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de
las otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal de Selección.
OCTAVA.- Calificación del proceso selectivo.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal calificador hará
pública en la página web de Empleo Público las puntuaciones provisionales obtenidas por las
personas aspirantes. El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones
será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las mismas.
La no presentación en la instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo
señalado para la presentación de solicitudes, así como la documentación acreditativa, supondrá la
no valoración al aspirante de los mismos.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el Tribunal hará públicas en la página web de Empleo Público las puntuaciones
definitivas del Concurso.
En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a la mayor
antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación temporal o indefinido no fijo en el
desempeño de los puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto de cada convocatoria
desde el 1 de enero de 2016 en adelante. De persistir el empate se atenderá a la mayor
antigüedad en la Diputación Provincial de Cáceres u Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria como funcionario/a interina, contratación temporal e indefinido no fijo en plazas
de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo. Si aún así persiste el empate se atenderá a
la mayor antigüedad en otras Administraciones Públicas como funcionario/a interino/a,
CVE:
BOP-2022-3937
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de agosto de 2022
N.º 0159
Pág. 16536
Asimismo, los/las aspirantes expondrán la defensa o lectura de la Memoria, puntuándose
este apartado con cero (0) puntos en caso de que el/la aspirante no aportara este mérito o no
realizase ante el Tribunal su defensa o lectura.
La defensa o lectura de la memoria no podrá exceder de 15 minutos y tiene como fin
permitir al Tribunal de Selección valorar los conocimientos que haya alegado el/la participante,
para lo cual se le podrá pedir las aclaraciones o realizar las preguntas que se estime necesario en
relación con su contenido.
Criterios de valoración:
Formato y estructura: Maximo de 1 punto.
Contenido y descripción de la actividad.- Maáximo de 4 puntos.
La valoración deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de
las otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal de Selección.
OCTAVA.- Calificación del proceso selectivo.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal calificador hará
pública en la página web de Empleo Público las puntuaciones provisionales obtenidas por las
personas aspirantes. El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones
será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las mismas.
La no presentación en la instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo
señalado para la presentación de solicitudes, así como la documentación acreditativa, supondrá la
no valoración al aspirante de los mismos.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el Tribunal hará públicas en la página web de Empleo Público las puntuaciones
definitivas del Concurso.
En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a la mayor
antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación temporal o indefinido no fijo en el
desempeño de los puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto de cada convocatoria
desde el 1 de enero de 2016 en adelante. De persistir el empate se atenderá a la mayor
antigüedad en la Diputación Provincial de Cáceres u Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria como funcionario/a interina, contratación temporal e indefinido no fijo en plazas
de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo. Si aún así persiste el empate se atenderá a
la mayor antigüedad en otras Administraciones Públicas como funcionario/a interino/a,
CVE:
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http://bop.dip-caceres.es
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N.º 0159
Pág. 16536