Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2022-3897)
BOP-2022-3897 Convocatoria de Ayudas Económicas para Suministros de Mínimos Vitales 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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No obstante lo anterior, para los/as solicitantes beneficiarios/as del bono social para
consumidores/as vulnerables severos regulado en el RD 897/2017, de 6 de octubre, solo
se abonará el cincuenta por ciento de la factura a PVPC previo a la aplicación del
descuento del bono social, debiendo acreditarse el pago ante el comercializador/a de
referencia en el plazo y en los términos establecidos en la normativa estatal.
De no acreditarse el pago de la factura dentro de dicho plazo, no se aplicará la limitación
a la financiación establecida en el párrafo anterior, debiendo abonarse en este caso la
totalidad de la factura, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para las
unidades de convivencia que no son beneficiarias del bono social para consumidores/as
vulnerables severos/as.
b) Gastos de agua potable, incluyendo la cuota de servicio, el suministro de agua
potable y las tasas, cánones e impuestos directos e indirectos que graven los conceptos
anteriores, así como cualquier otro concepto facturado relativo al suministro, incluyendo
el alcantarillado y la basura.
c) Gastos de alta y reconexión en caso de interrupción por impago del suministro de
energía eléctrica, gas natural y agua potable.
d) Gas butano.
2. En caso de facturas impagadas, pueden abonarse las mismas con independencia de la
fecha de emisión de la factura y del periodo de facturación a que se refieran. En caso de
facturas ya abonadas, solo se consideran financiables con cargo a este Programa las ayudas
concedidas para el pago de facturas emitidas en el último trimestre del año anterior y las
emitidas en el año en curso.
CUARTA.- CUANTÍA INDIVIDUAL MÁXIMA DE LAS AYUDAS.
La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los siguientes importes
por anualidad y unidad de convivencia:
N.º miembros Cuantía de la ayuda
Hasta 2 miembros 750 €
Entre 3 y 4 miembros 850 €
5 y más miembros 950 €
CVE:
BOP-2022-3897
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de agosto de 2022
N.º 0155
Pág. 16261
consumidores/as vulnerables severos regulado en el RD 897/2017, de 6 de octubre, solo
se abonará el cincuenta por ciento de la factura a PVPC previo a la aplicación del
descuento del bono social, debiendo acreditarse el pago ante el comercializador/a de
referencia en el plazo y en los términos establecidos en la normativa estatal.
De no acreditarse el pago de la factura dentro de dicho plazo, no se aplicará la limitación
a la financiación establecida en el párrafo anterior, debiendo abonarse en este caso la
totalidad de la factura, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para las
unidades de convivencia que no son beneficiarias del bono social para consumidores/as
vulnerables severos/as.
b) Gastos de agua potable, incluyendo la cuota de servicio, el suministro de agua
potable y las tasas, cánones e impuestos directos e indirectos que graven los conceptos
anteriores, así como cualquier otro concepto facturado relativo al suministro, incluyendo
el alcantarillado y la basura.
c) Gastos de alta y reconexión en caso de interrupción por impago del suministro de
energía eléctrica, gas natural y agua potable.
d) Gas butano.
2. En caso de facturas impagadas, pueden abonarse las mismas con independencia de la
fecha de emisión de la factura y del periodo de facturación a que se refieran. En caso de
facturas ya abonadas, solo se consideran financiables con cargo a este Programa las ayudas
concedidas para el pago de facturas emitidas en el último trimestre del año anterior y las
emitidas en el año en curso.
CUARTA.- CUANTÍA INDIVIDUAL MÁXIMA DE LAS AYUDAS.
La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los siguientes importes
por anualidad y unidad de convivencia:
N.º miembros Cuantía de la ayuda
Hasta 2 miembros 750 €
Entre 3 y 4 miembros 850 €
5 y más miembros 950 €
CVE:
BOP-2022-3897
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de agosto de 2022
N.º 0155
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