Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-3885)
BOP-2022-3885 Convenio adhesión Ayuntamiento Santa Marta de Magasca.
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CONVENIO INTERADMINISTRATIVO ENTRE EL CONSORCIO PARA LA
GESTIÓN DE SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS
PROVINCIA DE CÁCERES-MÁSMEDIO”, Y EL MUNICIPIO DE SANTA MARTA DE
MAGASCA PARA LA ADHESIÓN AL CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE
SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES DE LA PROVINCIA DE CÁCERES
“MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES - MÁSMEDIO”.
REUNIDOS
De una parte, D. Carlos Carlos Rodríguez como Presidente del Consorcio para
la Gestión de Servicios Medioambientales Medioambiente y Aguas Provincia de
Cáceres-“MásMedio”.
De otra parte, D. Raúl Gutiérrez Mariscal, Alcalde - Presidente del Ayunta
miento de Santa Marta de Magasca, en nombre y representación de éste y en virtud
de autorización otorgada en sesión plenaria de fecha 3 de junio de 2020.
ANTECEDENTES
1.- El Consorcio MásMedio y la Entidad local firmante consideran de sumo
interés aunar sus esfuerzos a fin de dar una adecuada y racional solución a la
organización de una serie de servicios de carácter medioambiental.
2.- En consonancia con ello, consideran igualmente que la forma más idónea
para la adopción de decisiones comunes es la de Consorcio, dotado de
personalidad jurídica propia, que permita asumir derechos y obligaciones con
independencia y autonomía de los entes consorciados.
3.- Considerando lo dispuesto por los artículos 21.1.p), 33.2.ñ), 47.2, 55 y ss., 57 y
87 de la Ley 7/1985, de dos de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local;
30.6 g), 35, 54 y 110 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en
materia de Régimen Local; 37 a 40 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones
Locales de 17 de junio de 1955; 50.; 123 y 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
4.- En su nueva redacción, el artículo 34 y el artículo 3 de los Estatutos y
concretamente en los apartados 3, 4 y 5, regulan la necesidad y los efectos del
presente convenio, que servirá para formalizar la incorporación de la Entidad Local
o Mancomunidad reseñada, así como la adhesión de los entes locales a sus
Estatutos.
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
1
CVE:
BOP-2022-3885
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de agosto de 2022
N.º 0155
Pág. 16103
GESTIÓN DE SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS
PROVINCIA DE CÁCERES-MÁSMEDIO”, Y EL MUNICIPIO DE SANTA MARTA DE
MAGASCA PARA LA ADHESIÓN AL CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE
SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES DE LA PROVINCIA DE CÁCERES
“MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES - MÁSMEDIO”.
REUNIDOS
De una parte, D. Carlos Carlos Rodríguez como Presidente del Consorcio para
la Gestión de Servicios Medioambientales Medioambiente y Aguas Provincia de
Cáceres-“MásMedio”.
De otra parte, D. Raúl Gutiérrez Mariscal, Alcalde - Presidente del Ayunta
miento de Santa Marta de Magasca, en nombre y representación de éste y en virtud
de autorización otorgada en sesión plenaria de fecha 3 de junio de 2020.
ANTECEDENTES
1.- El Consorcio MásMedio y la Entidad local firmante consideran de sumo
interés aunar sus esfuerzos a fin de dar una adecuada y racional solución a la
organización de una serie de servicios de carácter medioambiental.
2.- En consonancia con ello, consideran igualmente que la forma más idónea
para la adopción de decisiones comunes es la de Consorcio, dotado de
personalidad jurídica propia, que permita asumir derechos y obligaciones con
independencia y autonomía de los entes consorciados.
3.- Considerando lo dispuesto por los artículos 21.1.p), 33.2.ñ), 47.2, 55 y ss., 57 y
87 de la Ley 7/1985, de dos de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local;
30.6 g), 35, 54 y 110 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en
materia de Régimen Local; 37 a 40 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones
Locales de 17 de junio de 1955; 50.; 123 y 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
4.- En su nueva redacción, el artículo 34 y el artículo 3 de los Estatutos y
concretamente en los apartados 3, 4 y 5, regulan la necesidad y los efectos del
presente convenio, que servirá para formalizar la incorporación de la Entidad Local
o Mancomunidad reseñada, así como la adhesión de los entes locales a sus
Estatutos.
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
1
CVE:
BOP-2022-3885
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de agosto de 2022
N.º 0155
Pág. 16103