Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Holguera. (BOP-2022-3879)
BOP-2022-3879 Delegación celebración Matrimonio Civil.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Holguera
EDICTO. Delegación celebración Matrimonio Civil.
Habiéndose aprobado el expediente Delegación de Competencias del Alcalde en un/a
Concejal/a para celebrar matrimonio civil se publica el mismo para su general conocimiento y
en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen
jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
“Visto que se considera conveniente y adecuado (para una mayor eficacia en la gestión/por
haberlo solicitado así los contrayentes), delegar en Dª BEATRIZ GARRIDO CARPINTERO,
Concejala de este Ayuntamiento, la autorización del acto de celebración del matrimonio civil
entre D.ª EMILIA FERNÁNDEZ VIOQUE y D.ª ESTHER MELCHOR FUENTES, el día 19 de
agosto de 2022, a las 12:00 horas.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría y de
conformidad con lo establecido en el apartado cuarto de la Instrucción de 26 de enero de 1995,
de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre Directrices sobre la autorización
del matrimonio civil por los/as Alcaldes/as,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar en favor de D.ª BEATRIZ GARRIDO CARPINTERO, Concejala de este
Ayuntamiento, el ejercicio de la competencia correspondiente a la autorización del acto de
celebración del matrimonio civil entre los/as contrayentes D.ª EMILIA FERNÁNDEZ VIOQUE y
D.ª ESTHER MELCHOR FUENTES el día 19 de agosto de 2022, a las 12:00 horas
SEGUNDO. La delegación deberá estar documentada previamente, bastando con que en el
acta de autorización del matrimonio se haga constar que la Concejala ha actuado por
delegación de Alcaldesa - Presidenta.
CVE:
BOP-2022-3879
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de agosto de 2022
N.º 0154
Pág. 16071
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Holguera
EDICTO. Delegación celebración Matrimonio Civil.
Habiéndose aprobado el expediente Delegación de Competencias del Alcalde en un/a
Concejal/a para celebrar matrimonio civil se publica el mismo para su general conocimiento y
en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen
jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
“Visto que se considera conveniente y adecuado (para una mayor eficacia en la gestión/por
haberlo solicitado así los contrayentes), delegar en Dª BEATRIZ GARRIDO CARPINTERO,
Concejala de este Ayuntamiento, la autorización del acto de celebración del matrimonio civil
entre D.ª EMILIA FERNÁNDEZ VIOQUE y D.ª ESTHER MELCHOR FUENTES, el día 19 de
agosto de 2022, a las 12:00 horas.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría y de
conformidad con lo establecido en el apartado cuarto de la Instrucción de 26 de enero de 1995,
de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre Directrices sobre la autorización
del matrimonio civil por los/as Alcaldes/as,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar en favor de D.ª BEATRIZ GARRIDO CARPINTERO, Concejala de este
Ayuntamiento, el ejercicio de la competencia correspondiente a la autorización del acto de
celebración del matrimonio civil entre los/as contrayentes D.ª EMILIA FERNÁNDEZ VIOQUE y
D.ª ESTHER MELCHOR FUENTES el día 19 de agosto de 2022, a las 12:00 horas
SEGUNDO. La delegación deberá estar documentada previamente, bastando con que en el
acta de autorización del matrimonio se haga constar que la Concejala ha actuado por
delegación de Alcaldesa - Presidenta.
CVE:
BOP-2022-3879
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de agosto de 2022
N.º 0154
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