Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-3833)
BOP-2022-3833 Convenio Colaboración Plan Depura Ayuntamiento Aldea del Cano.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES (MÁSMEDIO) P-1000044F
Edf. Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3, 10.002, Cáceres. 927 255 500 info@masmedio.es
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27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local,
es competente en materia de “(…) asistencia y cooperación jurídica, económica
y técnica a los municipios, especialmente a los de menor capacidad económica
y de gestión”.
Tercero.- Específicamente, en materia de saneamiento básico, la normativa
vigente en materia de depuración de aguas residuales está referida a la
Directiva 2000/60/CE del Parlamento y del Consejo de 23 de octubre de 2000 y
a la transposición de la Directiva 91/271/CEE, de 21 de mayo, sobre el
tratamiento de aguas residuales urbanas, por la que se establece un marco
comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas, Directiva que ha
sido transpuesta al ordenamiento jurídico español por el Real Decreto Ley
11/1995 de 28 de diciembre sobre normas aplicables al tratamiento de aguas
residuales urbanas y por el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, que
desarrolla el Real Decreto Ley anterior.
Dicha directiva fija una serie de plazos parciales para completar la depuración
de los núcleos urbanos en función de la población de los mismos, fijando la
obligatoriedad de disponer de instalaciones de depuración (tratamiento
secundario) para aquellos núcleos de 2.000 a 10.000 habitantes equivalentes
(en adelante hab. eq.) y un “tratamiento adecuado” para núcleos <2.000 hab.
Eq., antes de finales del año 2015.
Cuarto. - El Art. 25.2 c) de la LRBRL, enumera entre las competencias propias
de los Municipios las de abastecimiento de agua potable a domicilio y
evacuación y tratamiento de aguas residuales.
Quinto.- La Diputación de Cáceres y un elevado número de Entidades Locales
de la provincia, considerando de sumo interés aunar esfuerzos para una
adecuada y racional solución a la organización de servicios de carácter
medioambiental, constituyéndose, el día 27 de julio de 2020, en un Consorcio
bajo la denominación Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales
de la Provincia de Cáceres, en adelante Consorcio “MÁSMEDIO”, en el que se
integra la entidad local otorgante de este convenio.
Sexto. - El Consorcio “MÁSMEDIO” constituye una organización dotada de
personalidad jurídica propia, creada al amparo del artículo 57 de la LRBRL; y
los artículos 118 y siguientes de la ley 40/2015, 1 de octubre, del Régimen
Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP), y se regula además de
mediante estas disposiciones, por sus Estatutos, cuyo texto consolidado
actualmente vigente fue publicado en el BOP nº 0199, de 16 de octubre de 2020.
CVE:
BOP-2022-3833
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de agosto de 2022
N.º 0152
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