Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-3820)
BOP-2022-3820 Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de Teleasistencia de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Servicio de Teleasistencia previene y da respuesta inmediata ante situaciones de soledad y
aislamiento social, de emergencia o inseguridad, aportando asistencia y apoyo a personas en
situación de dependencia, así como a sus cuidadores y cuidadoras, durante 24 horas todos los
días del año.
Dicho servicio moviliza los recursos tecnológicos y sociales necesarios para resolver cualquier
situación de necesidad o emergencia y que tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las
personas usuarias, facilitando el contacto con su entorno social y familiar y asegurando la
intervención inmediata en crisis personales, sociales o médicas para proporcionar seguridad y
contribuir decisivamente a evitar ingresos innecesarios en centros residenciales.
La Diputación Provincial de Cáceres, valorando el rendimiento social que ha aportado el
Programa de Teleasistencia y desde la experiencia adquirida, pretende consolidar y superar los
estándares de calidad en la prestación y el nivel de satisfacción de las personas usuarias. Por
ello, al objeto de proceder a la mejor y más completa regulación de esta prestación se modifica el
presente Reglamento del Servicio de Teleasistencia, principalmente en la descripción del mismo,
los requisitos de acceso, la solicitud y procedimiento de concesión y baremo. Con estas
modificaciones se habilitarán recursos para que personas mayores, en situación de
dependencia o vulnerabilidad, mantengan una vida normalizada y la permanencia en el propio
entorno, dando continuidad a la prestación de este servicio en los municipios de la provincia, así
como mejorarlo y aumentar la calidad en la prestación del mismo, en tanto sea compatible con
las funciones y competencias que le determine la ley o en tanto pueda colaborar en las que ésta
asigne a los ayuntamientos.
ARTÍCULO 1.- DESCRIPCIÓN Y REGULACIÓN DEL SERVICIO
Que a la Diputación Provincial de Cáceres, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el
artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, le
corresponde la Coordinación de los Servicios Municipales entre sí para la garantía de la
prestación integral y adecuada a que se refiere el apartado a) del número 2 del artículo 31 y la
prestación de la asistencia y cooperación jurídica, económica, técnica a los municipios,
atendiendo a su especial naturaleza, por lo que ha convenido hacerse cargo de la gestión y
prestación del servicio de Teleasistencia en los municipios de menos de 20.000 habitantes de la
provincia de Cáceres.
La Teleasistencia es un servicio de carácter social que bajo el soporte de la tecnología facilita la
atención y el apoyo personal y social continuo a personas en situaciones de vulnerabilidad por
limitaciones en la autonomía personal o la dependencia para las actividades de la vida diaria
asociadas a la edad, la discapacidad o a situaciones de enfermedad o desprotección. Está
CVE:
BOP-2022-3820
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de agosto de 2022
N.º 0151
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