Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacasa de Tajo. (BOP-2022-3013)
BOP-2022-3013 Aprobación definitiva de los Estatutos de la Agrupación para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría e Intervención en los Ayuntamientos de Pueblonuevo de Miramontes y Valdelacasa de Tajo, Cáceres.
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administrativa; mayores exigencias del servicio que reclaman la presencia permanente del/a
Secretario/a, del personal administrativo, técnico, etc, en el Ayuntamiento.
5. La Agrupación se modificará por las siguientes causas: por la desagrupación de un municipio
cuando aquélla esté constituida por tres Municipios, por la agregación de un municipio o
entidad supramunicipal, o cuando se desagrupara un municipio de la entidad supramunicipal y
la Agrupación Secretarial estuviera formada por municipio y entidad supramunicipal.
Artículo 11. Procedimiento de Modificación de los Estatutos.
La modificación de estos Estatutos requerirá los mismos trámites exigidos legalmente para su
constitución y aprobación.
El procedimiento para la modificación de los Estatutos de la Agrupación, cuando no suponga
alteración del número de miembros de la misma, se regirá por lo dispuesto en los propios
Estatutos, debiendo observarse, en todo caso, los siguientes requisitos:
1. La iniciativa podrá ser adoptada a propuesta de la Junta Administrativa de la Agrupación, así
como de cualquier Entidad Local agrupada, dando traslado de la misma a las restantes
entidades locales que forman la Agrupación.
2. Será preciso el acuerdo favorable adoptado por la mayoría absoluta del número legal de
miembros de cada una de las Entidades Locales agrupadas, tramitándose de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 53/2010, de 5 de marzo.
3. Comunicación al Registro de Agrupaciones de la Dirección General de Administración Local
de la Junta de Extremadura del acto de modificación de los Estatutos de la Agrupación.
Disposición Final Única.
La Agrupación se regirá por las normas contenidas en los Estatutos, y en lo no previsto, por el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a, por el artículo 3 y Disposición Adicional
Segunda del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico
de los/as funcionarios/as de Administración Local con habilitación de carácter nacional, por el
Decreto 53/2010, de 5 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la constitución,
modificación y disolución de agrupaciones de entidades locales para sostenimiento en común
CVE:
BOP-2022-3013
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de junio de 2022
N.º 0120
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