Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-2994)
BOP-2022-2994 Convenio adhesión Ayuntamiento Majadas de Tiétar.
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propio, administración autónoma y tan amplia capacidad jurídica de derecho
público y de derecho privado como requiera la realización de sus fines.
El consorcio tendrá atribuida potestad tributaria y no tributaria, como
consecuencia de las atribuciones necesarias para el desarrollo de las actividades
encomendadas por sus miembros integrantes, residiendo la legitimidad del
ejercicio de dichas potestades en los órganos de gobierno correspondientes,
como representación de los miembros consorciados.
El consorcio se configura como servicio técnico de las entidades de cualquier
naturaleza que lo integran, al generar el consorcio alternativas de carácter
eficiente, sostenible y eficaz, aplicando criterios de rentabilidad económica.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 120 del Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, el consorcio se encuentra adscrito a la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
Artículo 3. Objeto y fines.
El consorcio se crea con la finalidad de constituirse en entidad de derecho
público que prestará cualquier servicio de competencia municipal, relacionado
con el medio ambiente, tanto urbano como rural.
Se consideran de especial interés aquellas actividades relacionadas tanto con el
ciclo completo del agua, captación, potabilización, distribución y depuración,
como con el ciclo completo de recogida, transporte y tratamiento de toda clase
de residuos.
Las entidades integradas al consorcio podrán solicitar libremente, mediante
acuerdo del órgano municipal competente, la adhesión a uno o a varios de los
servicios que preste el consorcio, reflejándose la opción elegida en el
correspondiente acuerdo y mediante la fórmula administrativa que se considere
oportuna.
El consorcio tendrá por objeto garantizar, de forma preferente, mediante una
fórmula de gestión compartida y de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.2
de la Ley 7/1985, los servicios mínimos obligatorios de recogida y tratamiento
de residuos y abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y
tratamiento de aguas residuales.
El consorcio trabajará en la búsqueda continua de métodos de optimización de
la calidad, la eficiencia y eficacia de los servicios que presta, utilizando para
ello cualesquiera de las herramientas que considere adecuadas, como las de
nuevas tecnologías, las de investigación, innovación y desarrollo o el acceso a
ayudas y subvenciones.
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
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CVE:
BOP-2022-2994
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de junio de 2022
N.º 0120
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