Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-2994)
BOP-2022-2994 Convenio adhesión Ayuntamiento Majadas de Tiétar.
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SEGUNDA.- El objeto de este convenio es la incorporación del Ente Local
solicitante al Consorcio “MÁSMEDIO”, de conformidad con los Estatutos del
Consorcio, que se adjuntan.
Para las incorporaciones, se prescribe el requisito de solicitud de la
Corporación acompañada de certificación del acuerdo adoptado por el órgano
competente de dicha entidad, que se someterá a la aceptación por parte del
Consorcio a través de su Consejo de administración, y posterior formalización
del oportuno Convenio, que inicialmente comportaría para la Entidad Local la
asunción de los estatutos y de los derechos y obligaciones que se especifican en
la cláusula siguiente.
TERCERA.- Asimismo el objeto del presente convenio es dar
cumplimiento al artículo 3 de los Estatutos, que establece ”El consorcio se crea
con la finalidad de constituirse en entidad de derecho público que prestará
cualquier servicio de competencia municipal, relacionado con el medio
ambiente, tanto urbano como rural.
Se consideran de especial interés aquellas actividades relacionadas tanto
con el ciclo completo del agua, captación, potabilización, distribución y
depuración, como con el ciclo completo de recogida, transporte y tratamiento
de toda clase de residuos.
Las entidades integradas al consorcio podrán solicitar libremente,
mediante acuerdo del órgano municipal competente, la adhesión a uno o a
varios de los servicios que preste el consorcio, reflejándose la opción elegida
en el correspondiente acuerdo y mediante la fórmula administrativa que se
considere oportuna.
El consorcio tendrá por objeto garantizar, de forma preferente,
mediante una fórmula de gestión compartida y de acuerdo con lo previsto en
el artículo 26.2 de la Ley 7/85, los servicios mínimos obligatorios de recogida
y tratamiento de residuos y abastecimiento de agua potable a domicilio y
evacuación y tratamiento de aguas residuales.
El consorcio trabajará en la búsqueda continua de métodos de
optimización de la calidad, la eficiencia y eficacia de los servicios que presta,
utilizando para ello cualesquiera de las herramientas que considere adecuadas,
como las de nuevas tecnologías, las de investigación, innovación y desarrollo o
el acceso a ayudas y subvenciones".
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
3
CVE:
BOP-2022-2994
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de junio de 2022
N.º 0120
Pág. 11632
solicitante al Consorcio “MÁSMEDIO”, de conformidad con los Estatutos del
Consorcio, que se adjuntan.
Para las incorporaciones, se prescribe el requisito de solicitud de la
Corporación acompañada de certificación del acuerdo adoptado por el órgano
competente de dicha entidad, que se someterá a la aceptación por parte del
Consorcio a través de su Consejo de administración, y posterior formalización
del oportuno Convenio, que inicialmente comportaría para la Entidad Local la
asunción de los estatutos y de los derechos y obligaciones que se especifican en
la cláusula siguiente.
TERCERA.- Asimismo el objeto del presente convenio es dar
cumplimiento al artículo 3 de los Estatutos, que establece ”El consorcio se crea
con la finalidad de constituirse en entidad de derecho público que prestará
cualquier servicio de competencia municipal, relacionado con el medio
ambiente, tanto urbano como rural.
Se consideran de especial interés aquellas actividades relacionadas tanto
con el ciclo completo del agua, captación, potabilización, distribución y
depuración, como con el ciclo completo de recogida, transporte y tratamiento
de toda clase de residuos.
Las entidades integradas al consorcio podrán solicitar libremente,
mediante acuerdo del órgano municipal competente, la adhesión a uno o a
varios de los servicios que preste el consorcio, reflejándose la opción elegida
en el correspondiente acuerdo y mediante la fórmula administrativa que se
considere oportuna.
El consorcio tendrá por objeto garantizar, de forma preferente,
mediante una fórmula de gestión compartida y de acuerdo con lo previsto en
el artículo 26.2 de la Ley 7/85, los servicios mínimos obligatorios de recogida
y tratamiento de residuos y abastecimiento de agua potable a domicilio y
evacuación y tratamiento de aguas residuales.
El consorcio trabajará en la búsqueda continua de métodos de
optimización de la calidad, la eficiencia y eficacia de los servicios que presta,
utilizando para ello cualesquiera de las herramientas que considere adecuadas,
como las de nuevas tecnologías, las de investigación, innovación y desarrollo o
el acceso a ayudas y subvenciones".
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
3
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BOP-2022-2994
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de junio de 2022
N.º 0120
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