Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-2990)
BOP-2022-2990 Convenio adhesión Ayuntamiento Salvatierra de Santiago.
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Artículo 37. Colaboración interadministrativa.
El Consorcio podrá suscribir convenios de colaboración con cualquiera de las
entidades consorciadas u otras entidades de derecho público o privado para la
consecución de los fines y objetivos definidos en el artículo 3 de estos
estatutos. El convenio suscrito a tales efectos definirá su naturaleza, el
compromiso de las partes firmantes y las condiciones de su cumplimiento.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Disposición adicional primera.- Del personal del consorcio.
1.- El Consorcio se constituye después de la entrada en vigor de la Ley
27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la
Administración Local, para la prestación de los servicios mínimos obligatorios
del ciclo integral del agua y ciclo completo de los residuos previstos en el
artículo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, por lo que su personal podrá ser -de naturaleza funcionarial o
laboral-, tanto propio, como adscrito procedente de cualquiera de los entes
consorciados mediante la reasignación de efectivos a que se refiere las
normas reguladoras del empleo público. No existirá en el consorcio personal
eventual.
Sus retribuciones no podrán superar, en ningún caso, las establecidas para
puestos de trabajo equivalentes en la administración pública de adscripción.
En caso de extinción del consorcio, el personal reasignado regresará, en todo
caso, a su Administración de origen, respetándose todos los derechos que
tuvieran. El Consejo de Administración del consorcio acordará lo procedente
respecto del personal propio del consorcio en caso de disolución,
determinándose -por mayoría absoluta- si queda incluido dentro de la cesión
global de activos y pasivos que se realice a favor de la Diputación Provincial u
otra entidad en la que se transforme el consorcio.
2.- El personal del consorcio tendrá los derechos y obligaciones que le
corresponda, según su específica relación de servicios, de acuerdo con la
normativa que les resulte de aplicación y con las normas de régimen interior
que determinen los órganos del consorcio.
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
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CVE:
BOP-2022-2990
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de junio de 2022
N.º 0120
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