Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-2958)
BOP-2022-2958 Convenio adhesión Ayuntamiento Navalvillar de Ibor.
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b) Vicepresidencia.
c) Junta General.
d) Consejo de Administración.
2.- Las resoluciones de dichos órganos serán impugnables en vía
administrativa y jurisdiccional, de acuerdo con lo previsto en la legislación de
régimen local y general.
Artículo 11. Presidente.
1.- La Presidencia la ostentará la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma.
Diputación de Cáceres, que asumirá las competencias que determinan los
presentes estatutos.
2.- Corresponde a la Presidencia ejercer las siguientes funciones:
a) Convocar, presidir suspender y levantar, así como dirigir las sesiones de la
Junta General y decidir los empates con el voto de calidad.
b) Representar al consorcio judicial y administrativamente.
c) Supervisar los servicios y actividades del consorcio.
d) También ejercerá cuantas funciones le sean encomendadas expresamente
por la Junta General y podrá delegar en el vicepresidente cuantas
atribuciones propias estime conveniente para la buena gestión del consorcio.
e) El ejercicio de acciones administrativas y jurisdiccionales y la defensa de
los procedimientos dirigidos contra el consorcio.
f) Autorizar y suscribir convenios de colaboración con entidades públicas o
privadas, sin perjuicio de la delegación que pueda predicarse respecto al
Vicepresidente.
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
8
CVE:
BOP-2022-2958
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de junio de 2022
N.º 0119
Pág. 11264
c) Junta General.
d) Consejo de Administración.
2.- Las resoluciones de dichos órganos serán impugnables en vía
administrativa y jurisdiccional, de acuerdo con lo previsto en la legislación de
régimen local y general.
Artículo 11. Presidente.
1.- La Presidencia la ostentará la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma.
Diputación de Cáceres, que asumirá las competencias que determinan los
presentes estatutos.
2.- Corresponde a la Presidencia ejercer las siguientes funciones:
a) Convocar, presidir suspender y levantar, así como dirigir las sesiones de la
Junta General y decidir los empates con el voto de calidad.
b) Representar al consorcio judicial y administrativamente.
c) Supervisar los servicios y actividades del consorcio.
d) También ejercerá cuantas funciones le sean encomendadas expresamente
por la Junta General y podrá delegar en el vicepresidente cuantas
atribuciones propias estime conveniente para la buena gestión del consorcio.
e) El ejercicio de acciones administrativas y jurisdiccionales y la defensa de
los procedimientos dirigidos contra el consorcio.
f) Autorizar y suscribir convenios de colaboración con entidades públicas o
privadas, sin perjuicio de la delegación que pueda predicarse respecto al
Vicepresidente.
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
8
CVE:
BOP-2022-2958
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de junio de 2022
N.º 0119
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