Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-2958)
BOP-2022-2958 Convenio adhesión Ayuntamiento Navalvillar de Ibor.
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q) De conformidad a lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 diciembre, de
transparencia, acceso a la información y buen gobierno, admisión o
inadmisión de solicitudes de acceso a la información del consorcio.
r) Ejercitar acciones judiciales y administrativas con carácter de urgencia,
dando cuenta de ello a la Junta General.
s) Realizar toda clase de actividades y gestiones que fueran precisas para el
interés del consorcio y su buen funcionamiento.
t) Cualquier otra atribución no reservada expresamente en los estatutos o en
las disposiciones en vigor, a otro órgano diferente del consorcio.
u) Y aquellas competencias atribuidas por la normativa de régimen local a los
Alcaldes o Presidentes de las Corporaciones Locales.
Artículo 12. Vicepresidente.
1.- Recaerá la Vicepresidencia en un Diputado Provincial designado por el
Presidente de entre aquellos que componen el Consejo de Administración del
Consorcio.
2.-Serán sus funciones:
a) Sustituir al Presidente en casos de ausencia, vacante o enfermedad.
b) Elaborar los informes y estudios que la Junta General o su Presidente le
encarguen y los que por propia iniciativa estime conveniente, pudiendo
requerir el asesoramiento técnico del personal del consorcio.
c) Realizar cuantas operaciones de gestión sean necesarias con la Hacienda
Pública, Seguridad Social, bancos, cajas de ahorro, sociedades privadas,
particulares, etc.
d) Dirigir e inspeccionar los servicios y actividades del consorcio decidiendo
cuanto sea preciso para el más eficaz cumplimiento de las funciones
asignadas.
Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
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CVE:
BOP-2022-2958
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de junio de 2022
N.º 0119
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