Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes. (BOP-2022-2930)
BOP-2022-2930 Aprobación definitiva de los Estatutos de la Agrupación para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría e Intervención en los Ayuntamientos de Pueblonuevo de Miramontes y Valdelacasa de Tajo, Cáceres.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes
ANUNCIO. Aprobación definitiva de los Estatutos de la Agrupación para el
sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría e Intervención en los
Ayuntamientos de Pueblonuevo de Miramontes y Valdelacasa de Tajo, Cáceres.
Aprobados definitivamente por los respectivos Plenos de los Ayuntamientos los Estatutos de la
Agrupación para el Sostenimiento en Común de un Único Puesto de Secretaría e Intervención
en los Ayuntamientos de Pueblonuevo de Miramontes y Valdelacasa de Tajo, Cáceres, en
cumplimiento de lo previsto en el art. 70.2 de la Ley 7/1975, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, mediante el presente Edicto se procede a la inserción íntegra de los
mismos, significando que, contra su aprobación definitiva, los/as interesados/as podrán
interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con Sede en Cáceres, en el plazo de dos meses
a contar desde su publicación.
ESTATUTOS QUE HAN DE REGIR LA AGRUPACIÓN MUNICIPAL INTEGRADA POR LOS
AYUNTAMIENTOS DE VALDELACASA DE TAJO Y DE PUEBLONUEVO DE MIRAMONTES
PARA EL SOSTENIMIENTO EN COMÚN DEL PUESTO DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN
CLASE TERCERA.
Artículo 1. Disposiciones Generales y Entidades que integran la Agrupación.
1. En virtud del Decreto 53/2010, de 5 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la
constitución, modificación y disolución de Agrupaciones de Entidades Locales para
sostenimiento en común de puestos de Secretaría e Intervención, los municipios de
Pueblonuevo de Miramontes y Valdelacasa de Tajo se constituyen en Agrupación para el
sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención-Tesorería, Clase Tercera,
perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención. La citada Agrupación se regirá por el
presente Estatuto y por las disposiciones legales que regulen la materia.
2. La Agrupación carecerá de personalidad jurídica distinta de las Entidades que la forman.
CVE:
BOP-2022-2930
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de junio de 2022
N.º 0118
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