Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-2879)
BOP-2022-2879 Instrucciones Central de Contratación de Diputación Provincial de Cáceres.
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13.- ORGANOS DE LA CENTRAL DE CONTRATACIÓN.
Los órganos de contratación de la Central de Contratación de la Diputación Provincial de
Cáceres serán aquellos que tengan atribuidas las competencias en materia de contratación de
conformidad con la normativa vigente.
Así mismo, los órganos de contratación de las Entidades Locales serán aquellos que tengan
atribuidas las competencias en materia de contratación de conformidad con la normativa
vigente.
14.- OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES LOCALES ADHERIDAS.
Son obligaciones de las Entidades Locales adheridas a la Central de Contratación de la
Diputación de Cáceres:
1.- Indicar los cargos que, en virtud de sus competencias en materia de contratación y
aprobación del gasto, deben suscribir las peticiones de obras, suministros o prestaciones de
servicios, para que puedan ser tramitadas por la Central de Contratación de la Diputación
Provincial de Cáceres, especificando , igualmente. además de las circunstancias de
denominación de la Entidad, dirección, teléfono, fax y persona responsable y el e-mail de
contacto.
2.- Formular las peticiones de suministro de bienes o de prestación de servicios, en el modelo
que aprobará por resolución a tal fin, la Presidencia de la Diputación Provincial de Cáceres,
previa autorización y disposición del gasto.
3.- Poner en conocimiento de la Central de Contratación, las demoras en los plazos de entrega
, defectos en los bienes suministrados o en la prestación de servicios, o cualquier otro
incumplimiento total o parcial relacionado con el objeto del contrato, para la adopción de las
medidas oportunas por la Central de Compras.
4.- Efectuar la recepción de los bienes suministrados y de los servicios prestados, los cuales
deberán coincidir con las características y precios con los que figuran en la correspondiente
petición, así como el abono del precio y, eventualmente, de los intereses de demora y de las
posibles revisiones, que se hará efectivo conforme a las previsiones establecidas en el artículo
198 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
CVE:
BOP-2022-2879
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de junio de 2022
N.º 0116
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