Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-2879)
BOP-2022-2879 Instrucciones Central de Contratación de Diputación Provincial de Cáceres.
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características esencialmente homogéneas para los Entes Locales Adheridos, pudiendo
adjudicarse contratos o celebrar acuerdos marco y sistemas dinámicos de adquisición para la
realización de obras, suministros o servicios destinados a los mismos. Puede accederse a la
información relativa al sistema Central de Contratación de la Diputación de Cáceres, a través
de su portal específico ubicado en la dirección:
https://contratacioncentralizada.dip- caceres.es
Se trata de una manifestación típica del ejercicio por parte de la Diputación, de la competencia
de “asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente
los de menor capacidad económica y de gestión”, que el artículo 36. 1, b) y c) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a las Diputaciones
provinciales: “es en todo caso competencia de las Diputaciones Provinciales, la asistencia y
cooperación jurídica, económica y técnica con los municipios de la provincia, especialmente
con los de menor capacidad económica y de gestión y la prestación de servicios públicos de
carácter supramunicipal, con el fin de asegurar la prestación integral y adecuada por los
municipios de la provincia, tanto desde el punto de vista de eficiencia técnica como económica,
de los servicios de la competencia municipal”.
La definición de los suministros, obras y servicios que sean objeto de adquisición a través de la
Central de Contratación, será determinada por la Diputación de Cáceres, respetando los
principios de la contratación pública.
Con la finalidad de lograr unas condiciones más ventajosas en los contratos, con la
consiguiente reducción del gasto público de los entes adheridos al sistema de contratación
centralizada y de simplificar la tramitación administrativa en la adquisición de bienes y servicios
y/o ejecución de obras, potenciando a la vez la transparencia y seguridad en la contratación, se
crea la Central de Compras de la Excma. De la Diputación Provincial de Cáceres, como un
servicio especializado adscrito al Área de Hacienda y Asistencia a Entidades Locales (Servicio
de Compras y Suministros) cuya función es centralizar la contratación y/o celebrar acuerdos
marco para obras, servicios o suministros de las entidades locales de la Provincia de Cáceres y
sus entes dependientes.
En el artículo 228.2 de la citada LCSP se establece la posibilidad de que las Entidades Locales
creen centrales de contratación mediante acuerdo del Pleno. Asimismo, el apartado sexto de la
Disposición Adicional Segunda de la LCSP dispone que “6. En los municipios de población
inferior a 5.000 habitantes las competencias en materia de contratación podrán ser ejercidas
por los órganos que, con carácter de centrales de contratación, se constituyan en la forma
prevista en el artículo 228 de la presente Ley, mediante acuerdos al efecto.”
CVE:
BOP-2022-2879
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de junio de 2022
N.º 0116
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