Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-1981)
BOP-2022-1981 Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Municipal de Deportes, 2022.
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- Criterios de evaluación de los posibles incumplimientos de las condiciones impuestas con
motivo de la concesión.
ARTÍCULO 9. CONCESIÓN DIRECTA
Los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones de
concesión directa, si bien también podrán concederse mediante resolución dictada por el
órgano competente, en los supuestos y términos establecidos en la ley General de
Subvenciones y en la Ordenanza General de Subvenciones.
En ellos se regularán las condiciones para la concesión de estas subvenciones, de
conformidad con lo previsto al respecto en la LGS y en las Bases de Ejecución del
presupuesto del Ayuntamiento de Cáceres.
CAPÍTULO III. EFECTOS DEL PLAN, PLAZOS PARA SU CONSECUCIÓN,
COSTES PREVISIBLES Y FINANCIACIÓN
ARTÍCULO 10. EFECTOS
Fomentar la participación en la práctica del deporte de la infancia, juventud, edad
adulta, edad avanzada, y de aquellas personas con alguna discapacidad, para conseguir un
acondicionamiento físico adecuado a los requisitos de la vida cotidiana, y como ayuda a la
prevención de enfermedades.
Fomentar la realización de actividades deportivas, así como la colaboración entre este
Organismo Autónomo y las entidades deportivas para la gestión de actividades deportivas de
interés público.
Proyección de la imagen de la ciudad de Cáceres, a través del deporte, e impulsar y
estimular la práctica deportiva en el deporte base de la ciudad.
Situar al deporte como un elemento estratégico en la generación de riqueza, tanto
desde su perspectiva competitiva y de espectáculo, como de su aportación social e
integradora.
Promover, impulsar y estimular la práctica de esta modalidad deportiva en los
deportistas de base de la ciudad.
Todo ello a través de las líneas estratégicas de actuación que, para el presente
ejercicio 2022, se recogen en el documento anexo al presente, denominado “Anexo líneas
estratégicas de actuación”.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de
derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización
CVE:
BOP-2022-1981
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 6 de mayo de 2022
N.º 0086
Pág. 7465
motivo de la concesión.
ARTÍCULO 9. CONCESIÓN DIRECTA
Los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones de
concesión directa, si bien también podrán concederse mediante resolución dictada por el
órgano competente, en los supuestos y términos establecidos en la ley General de
Subvenciones y en la Ordenanza General de Subvenciones.
En ellos se regularán las condiciones para la concesión de estas subvenciones, de
conformidad con lo previsto al respecto en la LGS y en las Bases de Ejecución del
presupuesto del Ayuntamiento de Cáceres.
CAPÍTULO III. EFECTOS DEL PLAN, PLAZOS PARA SU CONSECUCIÓN,
COSTES PREVISIBLES Y FINANCIACIÓN
ARTÍCULO 10. EFECTOS
Fomentar la participación en la práctica del deporte de la infancia, juventud, edad
adulta, edad avanzada, y de aquellas personas con alguna discapacidad, para conseguir un
acondicionamiento físico adecuado a los requisitos de la vida cotidiana, y como ayuda a la
prevención de enfermedades.
Fomentar la realización de actividades deportivas, así como la colaboración entre este
Organismo Autónomo y las entidades deportivas para la gestión de actividades deportivas de
interés público.
Proyección de la imagen de la ciudad de Cáceres, a través del deporte, e impulsar y
estimular la práctica deportiva en el deporte base de la ciudad.
Situar al deporte como un elemento estratégico en la generación de riqueza, tanto
desde su perspectiva competitiva y de espectáculo, como de su aportación social e
integradora.
Promover, impulsar y estimular la práctica de esta modalidad deportiva en los
deportistas de base de la ciudad.
Todo ello a través de las líneas estratégicas de actuación que, para el presente
ejercicio 2022, se recogen en el documento anexo al presente, denominado “Anexo líneas
estratégicas de actuación”.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de
derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización
CVE:
BOP-2022-1981
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 6 de mayo de 2022
N.º 0086
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