Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-1975)
BOP-2022-1975 Plan pueblos con futuro 2022.
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establecido de conformidad con los criterios objetivos que se detallan en la Base Cuarta.
COMPETENCIA.
El órgano competente para la concesión de las subvenciones correspondientes a este Plan de
ayudas es la Vicepresidenta Segunda de la Diputación Provincial de Cáceres.
El órgano encargado de la puesta en marcha y tramitación del presente Plan de Ayudas será la
Unidad de Subvenciones adscrita al Área de Hacienda y Asistencia a Entidades Locales de la
Diputación Provincial.
SEGUNDA. RÉGIMEN JURÍDICO.
Será de aplicación la Disposición Adicional 8ª de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones al presente de Plan y se seguirá para ello, el sistema de concesión directa
por convocatoria abierta.
Se ha considerado conveniente y oportuna la concesión de estas ayudas mediante el sistema
citado, teniendo en cuenta, por una parte que siendo beneficiarias todas las Entidades Locales
de la provincia de menos de 5.000 habitantes, en las diversas líneas de actuación que el
mismo contempla, no ha lugar, por tanto, competencia alguna entre ellas y, por otra que la
concesión y tramitación de estas ayudas mediante otro tipo de convocatoria sólo supondría una
menor eficacia en la gestión y menor agilidad en la tramitación administrativas de las mismas, y
puesto que existen claras causas de interés público y a razones de índole social y económica,
esto es el impulso del desarrollo económico del territorio siendo necesario dotar de recursos a
dichas Entidades con la mayor rapidez posible a fin de que los gastos de inversión a realizar
reviertan en beneficio del territorio y de los/as ciudadanos/as.
TERCERA. VIGENCIA.
Las presentes normas regularán todo el procedimiento, que tienen vigencia durante el periodo
de ejecución de este Plan, 2022-2023 y no podrán ser objeto de prórroga, ni expresa ni tácita.
CUARTA. FINANCIACIÓN. COMPROMISOS DE LA ENTIDAD CONCEDENTE. SISTEMA DE
TRAMITACIÓN.
FINANCIACIÓN.
El importe total del Plan asciende a Ocho Millones Seiscientos Veintiún Mil Novecientos
Cincuenta y Tres Euros (8.621.953,00 €), destinándose a financiar gastos de capital, según la
estructura presupuestaria que incorpora la Orden EHA 3565/2008 por la que se aprueba la
CVE:
BOP-2022-1975
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 6 de mayo de 2022
N.º 0086
Pág. 7432
COMPETENCIA.
El órgano competente para la concesión de las subvenciones correspondientes a este Plan de
ayudas es la Vicepresidenta Segunda de la Diputación Provincial de Cáceres.
El órgano encargado de la puesta en marcha y tramitación del presente Plan de Ayudas será la
Unidad de Subvenciones adscrita al Área de Hacienda y Asistencia a Entidades Locales de la
Diputación Provincial.
SEGUNDA. RÉGIMEN JURÍDICO.
Será de aplicación la Disposición Adicional 8ª de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones al presente de Plan y se seguirá para ello, el sistema de concesión directa
por convocatoria abierta.
Se ha considerado conveniente y oportuna la concesión de estas ayudas mediante el sistema
citado, teniendo en cuenta, por una parte que siendo beneficiarias todas las Entidades Locales
de la provincia de menos de 5.000 habitantes, en las diversas líneas de actuación que el
mismo contempla, no ha lugar, por tanto, competencia alguna entre ellas y, por otra que la
concesión y tramitación de estas ayudas mediante otro tipo de convocatoria sólo supondría una
menor eficacia en la gestión y menor agilidad en la tramitación administrativas de las mismas, y
puesto que existen claras causas de interés público y a razones de índole social y económica,
esto es el impulso del desarrollo económico del territorio siendo necesario dotar de recursos a
dichas Entidades con la mayor rapidez posible a fin de que los gastos de inversión a realizar
reviertan en beneficio del territorio y de los/as ciudadanos/as.
TERCERA. VIGENCIA.
Las presentes normas regularán todo el procedimiento, que tienen vigencia durante el periodo
de ejecución de este Plan, 2022-2023 y no podrán ser objeto de prórroga, ni expresa ni tácita.
CUARTA. FINANCIACIÓN. COMPROMISOS DE LA ENTIDAD CONCEDENTE. SISTEMA DE
TRAMITACIÓN.
FINANCIACIÓN.
El importe total del Plan asciende a Ocho Millones Seiscientos Veintiún Mil Novecientos
Cincuenta y Tres Euros (8.621.953,00 €), destinándose a financiar gastos de capital, según la
estructura presupuestaria que incorpora la Orden EHA 3565/2008 por la que se aprueba la
CVE:
BOP-2022-1975
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 6 de mayo de 2022
N.º 0086
Pág. 7432