Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-791)
BOP-2022-791 EXTRACTO. Bases Reguladoras y Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a Federaciones deportivas de Extremadura para el fomento del deporte en la Provincia de Cáceres 2022.
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2.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
El presente plan de subvenciones está consignado en el Presupuesto General de la Diputación
Provincial de Cáceres, en la aplicación 5.3411.48502, dotada con un importe total de
100.000,00 €.
3.- REQUISITOS DE LOS/AS SOLICITANTES.
Podrán solicitar esta subvención y, en consecuencia, podrán ser beneficiarios, las
Federaciones Deportivas de Extremadura que tengan su ámbito de actuación en la Comunidad
de Extremadura, que no reciban ayudas durante el año 2022 a través de concesión directa de
la Diputación Provincial de Cáceres, que destinen las ayudas a la organización del Trofeo
Diputación de Cáceres y las actividades deportivas de la especialidad correspondiente y que
cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener personalidad jurídica, capacidad de obrar y carecer de fin de lucro, aspectos
que deben estar recogidos en sus Estatutos.
b) Estar debidamente constituidas e inscritas en el Registro General de Entidades
Deportivas de Extremadura, con carácter previo a la publicación de la presente
convocatoria.
c) Que tengan sede o delegación permanente en algún municipio de la provincia de
Cáceres y así conste en los estatutos o se acredite fehacientemente. Asimismo, que
entre sus cometidos consta la realización de las actividades subvencionables objeto de
esta convocatoria.
d) No tener dependencia económica ni institucional de ninguna entidad lucrativa.
e) Que cumplan los requisitos para obtener la condición de beneficiario previsto en el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el 5 de
la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación (en adelante, OGS).
f) Haber justificado gastos y los pagos correspondientes a las subvenciones recibidas de
la Excma. Diputación provincial de Cáceres en años anteriores, siempre que se haya
agotado el plazo de justificación.
g) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y las
tributarias con Hacienda Estatal y Excma. Diputación de Cáceres. Dichas certificaciones
podrán ser acreditadas por la parte solicitante o recabadas por la Diputación Provincial
previa autorización firmada.
CVE:
BOP-2022-791
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 28 de febrero de 2022
N.º 0040
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