Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2022-755)
BOP-2022-755 Bases que regirán la Convocatoria de la Bolsa de Trabajo de Emergencia Social del Excmo. Ayuntamiento de Miajadas para el ejercicio 2022.
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Para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión las personas
solicitantes, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a
aquel que tenga lugar su publicación. En el mismo plazo, quienes hayan detectado errores,
podrán solicitar su rectificación. Las personas participantes que figuren como excluidas en esta
lista provisional y dentro de un plazo, señalado a tal efecto, no realicen alegaciones justificando
su admisión, serán excluidas con carácter definitivo.
Las alegaciones y subsanaciones se presentarán en el Registro General o en la Sede
Electrónica del Ayuntamiento.
7. LISTAS DEFINITIVAS.
Una vez examinadas las alegaciones y subsanaciones presentadas, se procederá a la
aprobación definitiva de la lista de solicitudes admitidas y excluidas, que serán publicadas en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento.
8. PLAZO DE DURACIÓN DE LA BOLSA.
La presente bolsa de trabajo finalizará el 31 de diciembre del ejercicio en el que se haya
publicado la lista definitiva. Mensualmente, las trabajadoras sociales emitirán un informe
justificado de la necesidad para la nueva incorporación de personas que no hayan participado
en el proceso de creación de la bolsa o la rebaremación de situaciones sobrevenidas de los
integrantes de la misma. En ambos casos, una vez baremada la documentación aportada, se le
asignará el número de orden en la lista y se realizará una publicación actualizada de la lista
definitiva de la bolsa.
Si se planteara excepcionalmente la necesidad de que la persona a contratar tuviera que
desplazarse conduciendo su vehículo o poseer un título o certificado concreto, motivará la
alteración en el orden del llamamiento, en el sentido de que si a quien le corresponda entrar a
trabajar según el orden de llamamiento, no estuviera en posesión de dicho permiso o
certificado quedaría sobrepasado hasta el siguiente que estuviera en posesión de los mismos.
Esto se entiende, sin perjuicio de que las personas o personas relegadas tendrán su orden de
llamamiento en las sucesivas contrataciones donde no se resulte necesario el permiso de
conducción, títulos o certificados.
9. PROCEDIMIENTO SELECTIVO.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso. La puntación total obtenida
por los candidatos/as será la suma de la puntación de la baremación de sus circunstancias
(máxima 40.40 puntos) y del informe de valoración de los servicios sociales (máximo 19.60
CVE:
BOP-2022-755
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de febrero de 2022
N.º 0038
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