Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2022-654)
BOP-2022-654 Bases Reguladoras Plaza Técnico/a Turismo.
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AYUNTAMIENTO DE CASAR DE CÁCERES (CÁCERES)
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Por otra parte, la personal solicitante manifestará que la información facilitada es cierta
y que no ha sido omitida o alterada ninguna información que pudiera ser desfavorable
para la misma, quedando informada de que la falsedad u omisión de algún dato
supondrá la imposibilidad de prestar correctamente el servicio.
UNDÉCIMA. BASE FINAL.
Las presentes bases están a disposición de parte interesada en los tablones de anuncios
de este Ayuntamiento para su consulta, así como, en la página web
http://www.casardecaceres.com y en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://casardecaceres.sedelectronica.es/info.0 .
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se
deriven delas mismas y de la actuación del Tribunal se podrán formular impugnaciones
por los/as interesados/as en los casos y forma establecido por la Ley 39/2015 del 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las
bases, se publicarán en los tablones de anuncios de este Ayuntamiento para su
consulta, así como, en la página web http://www.casardecaceres.com y en el tablón de
anuncios de la sede electrónica https://casardecaceres.sedelectronica.es/info.0.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcaldesa-presidente
de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas,
o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
de Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en
Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación
del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el
recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-
administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio deque pueda ejercitar cualquier otro
recurso que estime pertinente.
Cód.
Validación:
AXR9WTY4DGYJ6M5QNE7XRR36S
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Verificación:
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Documento
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plataforma
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BOP-2022-654
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Jueves, 17 de febrero de 2022
N.º 0033
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