Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. (BOP-2022-185)
BOP-2022-185 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Valencia de Alcántara
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la tarjeta de
estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten
movilidad reducida.
Acuerdo del Pleno de fecha 2 de noviembre de 2021 del Ayuntamiento de Valencia de
Alcántara por el que se aprueba definitivamente la Ordenanza municipal que regula la tarjeta
de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad
reducida en Extremadura y de la creación y reserva de plazas de aparcamiento en la vía
pública para los vehículos de las personas titulares de la tarjeta en Valencia de Alcántara.
TEXTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza
municipal reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con
discapacidad que presenten movilidad reducida en Extremadura y de la creación y reserva de
plazas de aparcamiento en la vía pública para los vehículos de las personas titulares de la
tarjeta en Valencia de Alcántara, cuyo texto íntegro se hace público, para su general
conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE
VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE PRESENTEN MOVILIDAD
REDUCIDA EN EXTREMADURA Y DE LA CREACIÓN Y RESERVA DE PLAZAS DE
APARCAMIENTO EN LA VÍA PÚBLICA PARA LOS VEHÍCULOS DE LAS PERSONAS
TITULARES DE LA TARJETA EN VALENCIA DE ALCÁNTARA.
PREÁMBULO.
Constituye un deber de los poderes públicos garantizar el máximo bienestar posible a los/as
ciudadanos/as, facilitando su participación en la vida política, económica, cultural y social. La
Constitución española regula en su artículo 49 la atención a las personas con discapacidad
CVE:
BOP-2022-185
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de enero de 2022
N.º 0011
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