Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2022-171)
BOP-2022-171 Constitución y Reglamento de la Agrupación de Voluntarios/as de Protección Civil.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS/AS DE
PROTECCIÓN CIVIL DE MADROÑERA
CAPÍTULO I: FINALIDAD.
Artículo 1:
La Agrupación de Voluntarios/as de Protección Civil (AVPC) es una
organización de carácter humanitario y altruista constituida únicamente por
personas físicas.
Artículo 2:
La agrupación referida tiene como finalidad la colaboración, estudio y
la prevención de situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad
pública, y en la protección y socorro de las personas y de los bienes cuando
dichas situaciones se produzcan, mediante una estructura dirigida por el
Ilustrísimo Ayuntamiento de Madroñera.
Artículo 3:
La actividad voluntaria de sus componentes es independiente de la
obligación que, como ciudadanos/as, pudiera corresponderles.
CAPÍTULO II: ORGANIZACIÓN.
Artículo 4:
La organización y funcionamiento de la Agrupación de Voluntarios/as
de Protección Civil se regirá por lo establecido en el presente Reglamento, así
como por las instrucciones y directrices que a efectos de coordinación
general, puedan dictar las comisiones nacional o autonómica de Protección
Civil.
Artículo 5:
La agrupación dependerá directamente del/a Alcalde/sa como
responsable máximo de la protección civil local, quien podrá delegar el
ejercicio de sus funciones y competencias en el/la Concejal/a delegado/a de
Protección Civil o funcionario/a del Ayuntamiento de Madroñera en quien
delegue.
CVE:
BOP-2022-171
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de enero de 2022
N.º 0011
Pág. 636
PROTECCIÓN CIVIL DE MADROÑERA
CAPÍTULO I: FINALIDAD.
Artículo 1:
La Agrupación de Voluntarios/as de Protección Civil (AVPC) es una
organización de carácter humanitario y altruista constituida únicamente por
personas físicas.
Artículo 2:
La agrupación referida tiene como finalidad la colaboración, estudio y
la prevención de situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad
pública, y en la protección y socorro de las personas y de los bienes cuando
dichas situaciones se produzcan, mediante una estructura dirigida por el
Ilustrísimo Ayuntamiento de Madroñera.
Artículo 3:
La actividad voluntaria de sus componentes es independiente de la
obligación que, como ciudadanos/as, pudiera corresponderles.
CAPÍTULO II: ORGANIZACIÓN.
Artículo 4:
La organización y funcionamiento de la Agrupación de Voluntarios/as
de Protección Civil se regirá por lo establecido en el presente Reglamento, así
como por las instrucciones y directrices que a efectos de coordinación
general, puedan dictar las comisiones nacional o autonómica de Protección
Civil.
Artículo 5:
La agrupación dependerá directamente del/a Alcalde/sa como
responsable máximo de la protección civil local, quien podrá delegar el
ejercicio de sus funciones y competencias en el/la Concejal/a delegado/a de
Protección Civil o funcionario/a del Ayuntamiento de Madroñera en quien
delegue.
CVE:
BOP-2022-171
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de enero de 2022
N.º 0011
Pág. 636