Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cilleros. (BOP-2022-125)
BOP-2022-125 EXTRACTO. Convocatoria de subvenciones de apoyo al Emprendimiento, año 2022.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
- Declaración responsable de que en el/la solicitante no concurre ninguna de las
circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones
públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, incluidas
sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, al ser la subvención a conceder
inferior a 3.000 euros, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General
de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, conforme al
Modelo II, anexo de la Convocatoria.
- Licencia de apertura, o documentos legales necesarios para poder iniciar la apertura al
público y puesta en funcionamiento.
- Datos bancarios, número de cuenta y titular de la misma.
En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el/la
solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del
procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo
constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentado o emitidos.
Cilleros, 11 de enero de 2022
Félix Ezcay Iglesias
ALCALDE
CVE:
BOP-2022-125
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 14 de enero de 2022
N.º 0009
Pág. 497
circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones
públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, incluidas
sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, al ser la subvención a conceder
inferior a 3.000 euros, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General
de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, conforme al
Modelo II, anexo de la Convocatoria.
- Licencia de apertura, o documentos legales necesarios para poder iniciar la apertura al
público y puesta en funcionamiento.
- Datos bancarios, número de cuenta y titular de la misma.
En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el/la
solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del
procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo
constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentado o emitidos.
Cilleros, 11 de enero de 2022
Félix Ezcay Iglesias
ALCALDE
CVE:
BOP-2022-125
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 14 de enero de 2022
N.º 0009
Pág. 497