Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2022-47)
BOP-2022-47 Bases convocatoria de la Campaña de Bonos al Consumo en Casar de Cáceres para reactivar la economía social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE CASAR DE CÁCERES (CÁCERES)
C.P.: 10190 - Plaza de España, nº 1- Teléfono: 927 29 00 02 / Fax: 927 29 10 64
https://casardecaceres.sedelectronica.es/info.0 www.casardecaceres.com
Que pese a no tener su domicilio fiscal en Casar de Cáceres, realizan su
actividad de forma permanente y con establecimientos abierto en el
municipio, en su caso.
Que la participación en la Campaña de bonos implica la aceptación de las
presentes bases por parte de los establecimientos colaboradores.
Que colaborará/án en las actuaciones de promoción comercial y seguimiento
del Ayuntamiento de CASAR DE CÁCERES, aportando cuanta información le
sea requerida, así como cualesquiera otras de comprobación y control que
fuesen necesarias con la finalidad de verificar el cumplimiento específico de
las obligaciones asociadas a la ayuda.
Que mantendrá/án la actividad, como mínimo, durante el período de
participación en esta campaña.
Que la actividad económica del establecimiento, con licencia de actividad,
no está entre las compras excluidas según las bases reguladoras:
Que no está entre las actividades expresamente excluidas de la presente
convocatoria, y tampoco es asociación, comunidad de propietarios en
régimen de propiedad horizontal, los organismos públicos, las
congregaciones e instituciones religiosas, los órganos de la administración
del Estado y de las CC.AA.
Que no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en
el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. Si bien, por lo que respecta a apartados e y g del citado
artículo 13.2, se exime a los beneficiarios de estas ayudas de estar al
corriente en sus obligaciones tributarias y ante la seguridad social y de ser
deudores por reintegro ante la Administración.
c) Modelo de Alta de terceros del Excmo. Ayuntamiento de CASAR DE
CÁCERES, a no ser que figure dado de alta en el sistema de terceros del Excmo.
Ayuntamiento de CASAR DE CÁCERES para que se efectúe el pago de la
subvención.
DECIMOCUARTA. INSTRUCCIÓN.
La instrucción del procedimiento corresponderá a la Agente de Empleo y
Desarrollo Local, quien realizará de oficio cuantas actuaciones se estimen
necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en
virtud de los cuales deba redactarse la propuesta de resolución.
Una vez realizada la comprobación y justificación del canjeo de los bonos en base
a los datos facilitados por la aplicación, se realizará decreto de asignación de la
subvención, en especie, en el que se reflejará el establecimiento colaborador,
10
Cód.
Validación:
9A5SD97WN7LPXTC5EC7RX9NZG
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Verificación:
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la
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Que pese a no tener su domicilio fiscal en Casar de Cáceres, realizan su
actividad de forma permanente y con establecimientos abierto en el
municipio, en su caso.
Que la participación en la Campaña de bonos implica la aceptación de las
presentes bases por parte de los establecimientos colaboradores.
Que colaborará/án en las actuaciones de promoción comercial y seguimiento
del Ayuntamiento de CASAR DE CÁCERES, aportando cuanta información le
sea requerida, así como cualesquiera otras de comprobación y control que
fuesen necesarias con la finalidad de verificar el cumplimiento específico de
las obligaciones asociadas a la ayuda.
Que mantendrá/án la actividad, como mínimo, durante el período de
participación en esta campaña.
Que la actividad económica del establecimiento, con licencia de actividad,
no está entre las compras excluidas según las bases reguladoras:
Que no está entre las actividades expresamente excluidas de la presente
convocatoria, y tampoco es asociación, comunidad de propietarios en
régimen de propiedad horizontal, los organismos públicos, las
congregaciones e instituciones religiosas, los órganos de la administración
del Estado y de las CC.AA.
Que no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en
el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. Si bien, por lo que respecta a apartados e y g del citado
artículo 13.2, se exime a los beneficiarios de estas ayudas de estar al
corriente en sus obligaciones tributarias y ante la seguridad social y de ser
deudores por reintegro ante la Administración.
c) Modelo de Alta de terceros del Excmo. Ayuntamiento de CASAR DE
CÁCERES, a no ser que figure dado de alta en el sistema de terceros del Excmo.
Ayuntamiento de CASAR DE CÁCERES para que se efectúe el pago de la
subvención.
DECIMOCUARTA. INSTRUCCIÓN.
La instrucción del procedimiento corresponderá a la Agente de Empleo y
Desarrollo Local, quien realizará de oficio cuantas actuaciones se estimen
necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en
virtud de los cuales deba redactarse la propuesta de resolución.
Una vez realizada la comprobación y justificación del canjeo de los bonos en base
a los datos facilitados por la aplicación, se realizará decreto de asignación de la
subvención, en especie, en el que se reflejará el establecimiento colaborador,
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