Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón. (BOP-2022-33)
BOP-2022-33 Modificación Ordenanza Municipal reguladora de la Tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida en la CC.AA. de Extremadura y de la creación y reserva de plazas de aparcamiento.
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retirada temporal, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que
pudieran derivarse y de las sanciones previstas en esta ordenanza.
CAPÍTULO III
Competencias, procedimiento de concesión, vigencia, renovación y expedición de duplicados
de la tarjeta de estacionamiento
ARTÍCULO 8. COMPETENCIAS.
1. El Alcalde/sa-Presidente/a será el órgano competente para la concesión de la tarjeta de
estacionamiento, de las reservas de plazas de aparcamiento y para el ejercicio de la potestad
sancionadora en este ámbito.
2. Corresponderá a la Policía Local desarrollar las tareas de control y vigilancia de utilización
de las tarjetas, y de las plazas reservadas habilitadas al efecto.
ARTÍCULO 9. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA TARJETA DE
ESTACIONAMIENTO.
1. El expediente se iniciará a solicitud del interesado mediante el impreso normalizado (ANEXO
I, II o III), que se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del Ayuntamiento
de Pozuelo de Zarzón o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
acompañada de:
a. En caso de persona con discapacidad, además del Anexo I cumplimentado, se aportará:
a.1 Dos fotografías a color de tamaño carné, originales y actuales.
a.2 Certificado de empadronamiento.
a.3 Fotocopia del DNI de la persona interesada, en caso de ser menor de edad y no
disponer de DNI, se aportará fotocopia del libro de familia o autorización a sus efectos.
a.4 Documento acreditativo del Grado de Discapacidad.
a.5 Certificado emitido por el equipo de valoración del Centro de Atención a la
Discapacidad de Extremadura (en adelante CADEX) de la Consejería con competencias
en materia de accesibilidad de la Junta de Extremadura, en el cual se recoja:
1º Que presente movilidad reducida, conforme al anexo II del Real Decreto
CVE:
BOP-2022-33
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de enero de 2022
N.º 0003
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pudieran derivarse y de las sanciones previstas en esta ordenanza.
CAPÍTULO III
Competencias, procedimiento de concesión, vigencia, renovación y expedición de duplicados
de la tarjeta de estacionamiento
ARTÍCULO 8. COMPETENCIAS.
1. El Alcalde/sa-Presidente/a será el órgano competente para la concesión de la tarjeta de
estacionamiento, de las reservas de plazas de aparcamiento y para el ejercicio de la potestad
sancionadora en este ámbito.
2. Corresponderá a la Policía Local desarrollar las tareas de control y vigilancia de utilización
de las tarjetas, y de las plazas reservadas habilitadas al efecto.
ARTÍCULO 9. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA TARJETA DE
ESTACIONAMIENTO.
1. El expediente se iniciará a solicitud del interesado mediante el impreso normalizado (ANEXO
I, II o III), que se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del Ayuntamiento
de Pozuelo de Zarzón o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
acompañada de:
a. En caso de persona con discapacidad, además del Anexo I cumplimentado, se aportará:
a.1 Dos fotografías a color de tamaño carné, originales y actuales.
a.2 Certificado de empadronamiento.
a.3 Fotocopia del DNI de la persona interesada, en caso de ser menor de edad y no
disponer de DNI, se aportará fotocopia del libro de familia o autorización a sus efectos.
a.4 Documento acreditativo del Grado de Discapacidad.
a.5 Certificado emitido por el equipo de valoración del Centro de Atención a la
Discapacidad de Extremadura (en adelante CADEX) de la Consejería con competencias
en materia de accesibilidad de la Junta de Extremadura, en el cual se recoja:
1º Que presente movilidad reducida, conforme al anexo II del Real Decreto
CVE:
BOP-2022-33
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de enero de 2022
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