Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata. (BOP-2021-5873)
BOP-2021-5873 Aprobación definitiva Presupuesto Municipal para el ejercicio 2022.
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- Cargo de Concejal de Urbanismo, Infraestructuras y Festejos – régimen de dedicación parcial:
5.600 euros brutos anuales que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las
diferentes mensualidades del año y los dos restantes correspondientes a las mensualidades de
junio y diciembre.
- Indemnización por asistencia a sesiones del pleno: 50 euros/sesión.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo
169 del TRLRHL.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as podrán
interponer directamente recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo establecido en el
artículo 171 del TRLRHL, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
publicación, como previene el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, a tenor del artículo 10.1.a) y b) de la última de
las leyes citadas, o cualquier otro que se estime procedente en defensa de sus derechos. La
interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación del presupuesto
definitivamente aprobado por la Corporación.
Peraleda de la Mata, 23 de diciembre de 2021
Julio César Martín García
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2021-5873
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de diciembre de 2021
N.º 0248
Pág. 24782
5.600 euros brutos anuales que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las
diferentes mensualidades del año y los dos restantes correspondientes a las mensualidades de
junio y diciembre.
- Indemnización por asistencia a sesiones del pleno: 50 euros/sesión.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo
169 del TRLRHL.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as podrán
interponer directamente recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo establecido en el
artículo 171 del TRLRHL, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
publicación, como previene el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, a tenor del artículo 10.1.a) y b) de la última de
las leyes citadas, o cualquier otro que se estime procedente en defensa de sus derechos. La
interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación del presupuesto
definitivamente aprobado por la Corporación.
Peraleda de la Mata, 23 de diciembre de 2021
Julio César Martín García
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2021-5873
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de diciembre de 2021
N.º 0248
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