Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Losar de la Vera. (BOP-2021-5862)
BOP-2021-5862 Reglamento Agrupación Voluntarios/as Protección Civil.
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reembolso, previa justificación, de los gastos que ocasione su desempeño.
6. La actividad de voluntariado no podrá, en ningún caso, sustituir al trabajo retribuido.
ARTÍCULO 4. OBJETIVOS DE LA AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS/AS DE PROTECCIÓN
CIVIL DE LOSAR DE LA VERA.
1. Configurar una estructura dirigida por la Corporación Municipal, sobre la base de los
recursos públicos y a la colaboración de entidades privadas y de los/as ciudadanos/as, para el
estudio y prevención de situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública,
así como, colaborar en la protección y socorro de las personas y los bienes cuando dichas
situaciones se produzcan.
2. Colaborar para garantizar la coordinación preventiva y operativa, mediante la participación
en la realización de actividades que permitan evitar las situaciones de grave riesgo colectivo,
catástrofe o calamidad pública, reducir sus efectos, reparar los daños y, en su caso, contribuir a
corregir las causas productoras de los mismos.
3. La Agrupación de Voluntarios/as de Protección Civil podrá ser utilizada como apoyo auxiliar
en tareas preventivas y de intervención, en situaciones de emergencia, como accidentes o
siniestros, siempre bajo la supervisión y mando del/a responsable del operativo preventivo o de
intervención.
4. Participar en los operativos preventivos en los diferentes eventos y actividades públicas o
privadas, que desarrollados en espacios o edificios públicos requieran de su participación. Esta
participación se entenderá siempre dentro de la capacidad y disponibilidad de recursos de la
Agrupación, no suponiendo este párrafo la generación de obligación alguna, sobre todo
respecto de aquellos eventos o actividades de titularidad privada.
5. La formación del/a ciudadano/a en materia de protección civil mediante los planes formativos
específicos que se establezcan desde el Ayuntamiento de Losar de la Vera y de la Junta de
Extremadura. y otros órganos.
ARTÍCULO 5. RÉGIMEN JURÍDICO.
La organización y el funcionamiento de la Agrupación se regirá por lo establecido en el
presente Reglamento, así como por lo establecido en la legislación vigente y en particular en
las siguientes normas:
Ley 17/15, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
CVE:
BOP-2021-5862
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de diciembre de 2021
N.º 0248
Pág. 24730
reembolso, previa justificación, de los gastos que ocasione su desempeño.
6. La actividad de voluntariado no podrá, en ningún caso, sustituir al trabajo retribuido.
ARTÍCULO 4. OBJETIVOS DE LA AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS/AS DE PROTECCIÓN
CIVIL DE LOSAR DE LA VERA.
1. Configurar una estructura dirigida por la Corporación Municipal, sobre la base de los
recursos públicos y a la colaboración de entidades privadas y de los/as ciudadanos/as, para el
estudio y prevención de situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública,
así como, colaborar en la protección y socorro de las personas y los bienes cuando dichas
situaciones se produzcan.
2. Colaborar para garantizar la coordinación preventiva y operativa, mediante la participación
en la realización de actividades que permitan evitar las situaciones de grave riesgo colectivo,
catástrofe o calamidad pública, reducir sus efectos, reparar los daños y, en su caso, contribuir a
corregir las causas productoras de los mismos.
3. La Agrupación de Voluntarios/as de Protección Civil podrá ser utilizada como apoyo auxiliar
en tareas preventivas y de intervención, en situaciones de emergencia, como accidentes o
siniestros, siempre bajo la supervisión y mando del/a responsable del operativo preventivo o de
intervención.
4. Participar en los operativos preventivos en los diferentes eventos y actividades públicas o
privadas, que desarrollados en espacios o edificios públicos requieran de su participación. Esta
participación se entenderá siempre dentro de la capacidad y disponibilidad de recursos de la
Agrupación, no suponiendo este párrafo la generación de obligación alguna, sobre todo
respecto de aquellos eventos o actividades de titularidad privada.
5. La formación del/a ciudadano/a en materia de protección civil mediante los planes formativos
específicos que se establezcan desde el Ayuntamiento de Losar de la Vera y de la Junta de
Extremadura. y otros órganos.
ARTÍCULO 5. RÉGIMEN JURÍDICO.
La organización y el funcionamiento de la Agrupación se regirá por lo establecido en el
presente Reglamento, así como por lo establecido en la legislación vigente y en particular en
las siguientes normas:
Ley 17/15, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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N.º 0248
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