Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2021-5817)
BOP-2021-5817 Bases reguladoras de la convocatoria para proveer dos plazas de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Trujillo.
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proporcionalmente las fracciones de duración inferior.
Para acreditar dicha formación se deberá aportar copia compulsada del diploma de asistencia
al curso en el que figuren el nombre de/al alumno/a activo y el número de horas de duración, o
certificado de la entidad organizadora.
A efectos de formación no se tendrán en cuenta las prácticas para la obtención del curso objeto
de baremación.
En estos apartados no se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, las actividades
formativas que hayan sido recibidas como requisito necesario para poder acceder a alguna de
las categorías profesionales ya valoradas en los apartados de este baremo de méritos
correspondientes a servicios prestados.
Asimismo, cuando el cómputo horario expresado en los documentos que lo justifiquen venga
expresado en créditos, se entenderá que cada crédito equivale a 10 horas, igualmente si son
ECTS y en ellos no se determine el número de horas que corresponde a cada uno de ellos, se
computarán como 25 horas cada crédito.
La puntuación máxima total de este apartado será de 5,00 puntos.
No se valorarán cursos que no justifiquen su duración.
7.1.3.- Otras titulaciones.
Por poseer titulación superior a la requerida para acceder a la plaza a la que se opta
entendiendo que con ella podría optar a una plaza de superior categoría, 0,50 puntos.
Para acreditar dicha titularción se deberá aportar copia compulsada de los títulos o en su
defecto certificación del abono de los derechos de expedición.
7.1.4.- Agrupación/Conciliación familiar y laboral:
a) Por ocupación laboral previa del cónyuge o pareja de hecho de la persona aspirante.
El/la cónyuge o pareja de hecho, ha de encontrarse, inscrito legalmente en el municipio
de Trujillo, con una antigüedad de residencia en el Padrón Municipal mínima de al
menos 3 años en el momento del inicio del trámite de presentación de instancias, y
siempre que la persona aspirante tenga una antigüedad de alta en dicho Padrón
Municipal, mínima de 3 años en el momento de inicio del trámite de la citada
presentación, 2 puntos.
CVE:
BOP-2021-5817
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
N.º 0247
Pág. 24557
Para acreditar dicha formación se deberá aportar copia compulsada del diploma de asistencia
al curso en el que figuren el nombre de/al alumno/a activo y el número de horas de duración, o
certificado de la entidad organizadora.
A efectos de formación no se tendrán en cuenta las prácticas para la obtención del curso objeto
de baremación.
En estos apartados no se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, las actividades
formativas que hayan sido recibidas como requisito necesario para poder acceder a alguna de
las categorías profesionales ya valoradas en los apartados de este baremo de méritos
correspondientes a servicios prestados.
Asimismo, cuando el cómputo horario expresado en los documentos que lo justifiquen venga
expresado en créditos, se entenderá que cada crédito equivale a 10 horas, igualmente si son
ECTS y en ellos no se determine el número de horas que corresponde a cada uno de ellos, se
computarán como 25 horas cada crédito.
La puntuación máxima total de este apartado será de 5,00 puntos.
No se valorarán cursos que no justifiquen su duración.
7.1.3.- Otras titulaciones.
Por poseer titulación superior a la requerida para acceder a la plaza a la que se opta
entendiendo que con ella podría optar a una plaza de superior categoría, 0,50 puntos.
Para acreditar dicha titularción se deberá aportar copia compulsada de los títulos o en su
defecto certificación del abono de los derechos de expedición.
7.1.4.- Agrupación/Conciliación familiar y laboral:
a) Por ocupación laboral previa del cónyuge o pareja de hecho de la persona aspirante.
El/la cónyuge o pareja de hecho, ha de encontrarse, inscrito legalmente en el municipio
de Trujillo, con una antigüedad de residencia en el Padrón Municipal mínima de al
menos 3 años en el momento del inicio del trámite de presentación de instancias, y
siempre que la persona aspirante tenga una antigüedad de alta en dicho Padrón
Municipal, mínima de 3 años en el momento de inicio del trámite de la citada
presentación, 2 puntos.
CVE:
BOP-2021-5817
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
N.º 0247
Pág. 24557