Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2021-5817)
BOP-2021-5817 Bases reguladoras de la convocatoria para proveer dos plazas de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Trujillo.
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Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local, la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de
la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 781/86, de 13 de abril, por el que se aprueba el
Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto
896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y los programas mínimos a
que deben ajustarse el procedimiento de selección de los/as funcionarios/as de la
Administración Local; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura; la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales
de Extremadura, y el Decreto 218/2009, de 9 de octubre, de la Consejería de Administración
Pública y Hacienda, por el que se aprueban las Normas Marco de los Policías Locales de
Extremadura, modificado por el Decreto 170/2016, de 18 de octubre; la Orden de 14 de
septiembre de 2004, por la que se aprueban los programas mínimos a los que han de ajustarse
las bases de las convocatorias realizadas por las entidades locales para el ingreso, promoción
y movilidad en los Cuerpos de la Policía Local y Auxiliares de la Policía Local de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, así como la potestad del Ayuntamiento convocante, y siendo de
aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del
Estado y demás normas concordantes de aplicación.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES.
Para tomar parte en este procedimiento selectivo, además de los previstos por la legislación
básica para acceder a la función pública, los aspirantes deberán cumplir, en el momento que
finalice el plazo para solicitar la participación en el proceso de movilidad, los siguientes
requisitos:
a) Tener la condición de personal funcionario de carrera en alguno de los Cuerpos o
plantillas de Policía Local de cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma
de Extremadura con categoría igual a la de las plazas convocadas. En la escala básica o
ejecutiva, los oficiales podrán ocupar plazas por este sistema que se encuentren
vacantes en la misma o inferior categoría.
b) No hallarse en situación administrativa de suspensión de funciones.
c) Haber permanecido como mínimo tres años en situación de servicio activo en la
misma categoría como funcionario de carrera en el Cuerpo o plantilla de Policía Local
del Ayuntamiento de procedencia.
CVE:
BOP-2021-5817
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
N.º 0247
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