Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2021-5814)
BOP-2021-5814 Concurso de Navidad 2021.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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5. OTRAS DISPOSICIONES.
1. No podrán resultar ganadores/as los/as menores de 18 años.
2. El/la ganador/a deberá de contactar con el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, para
reivindicar su premio en los 5 días hábiles siguientes al día 6 de enero de 2022, presentando el
ticket-papeleta y DNI. Si transcurridos los mismos ninguna persona reclamase el premio, se
entenderá que el premio quedará desierto, y se procederá a realizar un segundo sorteo, según
lo especificado en estas bases.
3. Queda PROHIBIDO, bajo anulación del premio, la difusión de la papeleta-tiket ganador en
cualquier red social y medio de comunicación antes de haberlo comunicado al Ayuntamiento de
Navalmoral de la Mata. El Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata se reserva todos los
derechos de la difusión del/a ganador/a del premio en redes sociales y medios de
comunicación.
4. El Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata se reserva el derecho de modificar o cancelar la
promoción durante el desarrollo de la misma así como las condiciones del sorteo durante el
desarrollo del mismo, publicando las mismas en su página web.
5. A efectos de lo dispuesto en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, se hace constar que la
participación en el Sorteo, que se organiza con fines exclusivamente publicitarios o
promocionales, no exige ningún tipo de desembolso económico para el/la participante.
6. A efectos de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, se hace
constar que el valor de mercado del conjunto de los premios ofrecidos es de SEIS MIL
QUINIENTOS EUROS (6.500 €).
7. La persona premiada deberá satisfacer los impuestos que pudieran derivarse del premio de
acuerdo a la normativa fiscal vigente. Cualquier tasa o recargo aplicable sobre los premios
correrán a cuenta del/a ganador/a.
8. El/la ganador/a tiene derecho a renunciar al premio ganado, sin embargo no podrá, en
ningún caso, canjearlo por otro distinto
La participación en el Concurso lleva implícita la aceptación de estas bases.
Todos los aspectos no recogidos en estas bases serán resueltos por la Organización.
CVE:
BOP-2021-5814
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
N.º 0247
Pág. 24545
1. No podrán resultar ganadores/as los/as menores de 18 años.
2. El/la ganador/a deberá de contactar con el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, para
reivindicar su premio en los 5 días hábiles siguientes al día 6 de enero de 2022, presentando el
ticket-papeleta y DNI. Si transcurridos los mismos ninguna persona reclamase el premio, se
entenderá que el premio quedará desierto, y se procederá a realizar un segundo sorteo, según
lo especificado en estas bases.
3. Queda PROHIBIDO, bajo anulación del premio, la difusión de la papeleta-tiket ganador en
cualquier red social y medio de comunicación antes de haberlo comunicado al Ayuntamiento de
Navalmoral de la Mata. El Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata se reserva todos los
derechos de la difusión del/a ganador/a del premio en redes sociales y medios de
comunicación.
4. El Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata se reserva el derecho de modificar o cancelar la
promoción durante el desarrollo de la misma así como las condiciones del sorteo durante el
desarrollo del mismo, publicando las mismas en su página web.
5. A efectos de lo dispuesto en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, se hace constar que la
participación en el Sorteo, que se organiza con fines exclusivamente publicitarios o
promocionales, no exige ningún tipo de desembolso económico para el/la participante.
6. A efectos de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, se hace
constar que el valor de mercado del conjunto de los premios ofrecidos es de SEIS MIL
QUINIENTOS EUROS (6.500 €).
7. La persona premiada deberá satisfacer los impuestos que pudieran derivarse del premio de
acuerdo a la normativa fiscal vigente. Cualquier tasa o recargo aplicable sobre los premios
correrán a cuenta del/a ganador/a.
8. El/la ganador/a tiene derecho a renunciar al premio ganado, sin embargo no podrá, en
ningún caso, canjearlo por otro distinto
La participación en el Concurso lleva implícita la aceptación de estas bases.
Todos los aspectos no recogidos en estas bases serán resueltos por la Organización.
CVE:
BOP-2021-5814
Verificable
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Miércoles, 29 de diciembre de 2021
N.º 0247
Pág. 24545