Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-5805)
BOP-2021-5805 Bases reguladoras convocatoria una Plaza de Técnico/a de Administración General. Concurso oposición turno libre.
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Provincia, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta
que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente
mediante el sistema de concurso oposición por el turno libre para la cobertura en propiedad, de
UNA plaza de TÉCNICO/A DE ADMINISTRACION GENERAL vacante en la plantilla de
personal funcionario de este Ayuntamiento, perteneciente a la Escala de Administración
General, Subescala Técnica, dotada presupuestariamente y correspondiente a la oferta de
empleo público de 2018, referida a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal,
con derecho al percibo de las retribuciones básicas correspondientes al Grupo A, Subgrupo A1
según artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a y complementarias
previstas en el catálogo y en la Relación de Puestos de Trabajo. Sujetas a lo dispuesto en la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas.”
Debe decir:
“NOVENA. IMPUGNACIÓN.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, los/as interesados/as
podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta
que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.”
Y ello en virtud de las argumentaciones anteriormente expuestas.”
Lo que se hace público para general conocimiento de las personas interesadas, indicando que
dicha resolución agota la vía administrativa, pudiendo los/as interesados/as interponer, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o bien,
interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
CVE:
BOP-2021-5805
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
N.º 0247
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de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta
que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente
mediante el sistema de concurso oposición por el turno libre para la cobertura en propiedad, de
UNA plaza de TÉCNICO/A DE ADMINISTRACION GENERAL vacante en la plantilla de
personal funcionario de este Ayuntamiento, perteneciente a la Escala de Administración
General, Subescala Técnica, dotada presupuestariamente y correspondiente a la oferta de
empleo público de 2018, referida a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal,
con derecho al percibo de las retribuciones básicas correspondientes al Grupo A, Subgrupo A1
según artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a y complementarias
previstas en el catálogo y en la Relación de Puestos de Trabajo. Sujetas a lo dispuesto en la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas.”
Debe decir:
“NOVENA. IMPUGNACIÓN.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, los/as interesados/as
podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta
que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.”
Y ello en virtud de las argumentaciones anteriormente expuestas.”
Lo que se hace público para general conocimiento de las personas interesadas, indicando que
dicha resolución agota la vía administrativa, pudiendo los/as interesados/as interponer, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o bien,
interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
CVE:
BOP-2021-5805
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
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